Al utilizar este sitio, usted acepta los términos y condiciones política de privacidad and terminos de uso.
Acepto
Federal Al DíaFederal Al DíaFederal Al Día
  • 👉Categorías
    • 🏠Locales
    • 🏘️Provinciales
    • 🇦🇷 Nacionales
    • 👮Policiales
    • 🚜Municipales
  • 🧰Servicios
    • ⚕️Farmacias de turno
    • 🪦Necrológicas
    • 🗳️ Encuestas
    • ☎️ Telefonos Útiles
    • 🗃️Archivos de Noticias
    • 🗺️ Mapa de Federal
  • 📻Radio en vivo!
Notificaciones Mostrar más
TamañoAa
Federal Al DíaFederal Al Día
TamañoAa
Search
  • 👉Categorías
    • 🏠Locales
    • 🏘️Provinciales
    • 🇦🇷 Nacionales
    • 👮Policiales
    • 🚜Municipales
  • 🧰Servicios
    • ⚕️Farmacias de turno
    • 🪦Necrológicas
    • 🗳️ Encuestas
    • ☎️ Telefonos Útiles
    • 🗃️Archivos de Noticias
    • 🗺️ Mapa de Federal
  • 📻Radio en vivo!
Follow US
Concejo Deliberante

FEDERAL: EL BLOQUE DEL JUSTICIALISMO SOLICITA LA CREACIÓN DEL ÁREA DE ADULTOS MAYORES EN EL ÁMBITO MUNICIPAL

Publicada: 01/10/2026 5:54 AM
un paso adelante en el tiempo
Compartir
Compartir

El Bloque que preside Martín Olier, tuvo preponderancia en el temario de la sesión ordinaria de este miércoles del Concejo Deliberante de Federal; ya que cuatro de los siete puntos del Orden del Día correspondieron a iniciativas del bloque de la oposición. En este caso, mediante un Proyecto de Ordenanza, solicita la creación en el ámbito de la Municipalidad de Federal, del “Área de Adultos Mayores”, la que funcionará bajo la órbita de la Secretaría, Subsecretaría o área que determine el Departamento Ejecutivo Municipal. QUE OTROS PROYECTOS PRESENTÓ EL BLOQUE DE LA MINORÍA.

PROYECTO DE ORDENANZA DEL BLOQUE MÁS PARA ENTRE RÍOS
CREACIÓN DEL ÁREA DE ADULTOS MAYORES EN EL ÁMBITO DE LA MUNICIPALIDAD DE FEDERAL

VISTO:
La necesidad de garantizar una atención integral, accesible y especializada para las personas adultas mayores de la ciudad de Federal, promoviendo su inclusión, bienestar, protección de derechos y acompañamiento en las distintas gestiones administrativas, sanitarias y sociales que deban realizar; y

CONSIDERANDO:
Que la protección de los derechos de las personas mayores encuentra sustento en la Constitución Nacional, la Constitución de la Provincia de Entre Ríos y en la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores.
Que las personas adultas mayores constituyen un sector de nuestra comunidad que requiere especial atención, acompañamiento y contención por parte del Estado Municipal, teniendo en cuenta las dificultades de accesibilidad, movilidad, información y gestión que muchas veces enfrentan.
Que resulta necesario que el Municipio de Federal asuma un rol activo en la promoción y protección de los derechos de las personas mayores, facilitando el acceso a las prestaciones, beneficios y políticas públicas destinadas a este sector.
Que numerosos vecinos y vecinas adultas mayores deben realizar trámites ante organismos nacionales, provinciales, obras sociales, entidades bancarias y otros organismos, encontrándose en muchas oportunidades con dificultades para concretarlos de manera adecuada.
Que resulta fundamental brindar asesoramiento y acompañamiento en gestiones vinculadas al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (PAMI), la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), la Obra Social de Entre Ríos (OSER) y demás organismos públicos o privados relacionados con sus derechos y necesidades.
Que también resulta necesario promover políticas públicas destinadas al envejecimiento activo, saludable y digno, fortaleciendo la integración social, recreativa, cultural, deportiva y comunitaria de las personas mayores.
Que la creación de un Área específica permitirá centralizar, coordinar y fortalecer las acciones municipales destinadas a las personas adultas mayores de nuestra ciudad.
Por ello,

EL BLOQUE MÁS PARA ENTRE RÍOS SANCIONA CON FUERZA

ARTÍCULO 1°.- Créase en el ámbito de la Municipalidad de Federal el “Área de Adultos Mayores”, la que funcionará bajo la órbita de la Secretaría, Subsecretaría o área que determine el Departamento Ejecutivo Municipal.

ARTÍCULO 2°.- El Área de Adultos Mayores tendrá como finalidad promover, proteger y garantizar los derechos de las personas adultas mayores de la ciudad de Federal, brindando acompañamiento, asesoramiento, contención y facilitando el acceso a políticas públicas destinadas a dicho sector.

ARTÍCULO 3°.- Serán funciones del Área de Adultos Mayores:
a) Brindar asesoramiento y acompañamiento en trámites administrativos, previsionales, sanitarios y sociales ante organismos públicos y privados.
b) Asistir a las personas mayores en gestiones ante PAMI, ANSES, OSER, bancos, obras sociales y demás entidades vinculadas.
c) Coordinar y promover actividades recreativas, culturales, deportivas, educativas y de integración comunitaria destinadas a las personas adultas mayores.
d) Promover programas y acciones orientadas al envejecimiento activo, saludable, digno y a la inclusión social.
e) Generar espacios de contención, escucha y orientación para las personas mayores y sus familias.
f) Coordinar acciones con instituciones públicas, privadas y organizaciones de la sociedad civil vinculadas a la temática.
g) Elaborar campañas de concientización, información y difusión sobre los derechos de las personas mayores.
h) Ejercer, en el marco de las competencias municipales y de la normativa vigente, tareas de control, inspección y fiscalización sobre geriátricos, residencias y establecimientos destinados al alojamiento, cuidado o atención de adultos mayores, articulando acciones con los organismos provinciales y nacionales cuando corresponda.
i) Llevar adelante registros y relevamientos vinculados a la población adulta mayor de la ciudad y a las instituciones dedicadas a su atención.

ARTÍCULO 4°.- El Departamento Ejecutivo Municipal podrá celebrar convenios de cooperación con organismos nacionales, provinciales, universidades, colegios profesionales, organizaciones sociales y demás instituciones vinculadas a la protección y promoción de los derechos de las personas mayores.

ARTÍCULO 5°.- El Área creada por la presente deberá contar con personal capacitado para la atención integral de las personas mayores, garantizando accesibilidad, trato digno, respeto y acompañamiento adecuado.

ARTÍCULO 6°.- Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar las adecuaciones presupuestarias necesarias para el cumplimiento de la presente Ordenanza.

ARTÍCULO 7°.- De forma.

OTROS PROYECTOS PRESENTADOS:

PROYECTO DE ORDENANZA
CREACIÓN DE LA ESCUELA MUNICIPAL DE MANEJO Y EDUCACIÓN VIAL DE LA CIUDAD DE FEDERAL
VISTO:
La necesidad de promover una conducción responsable, segura y consciente en la Ciudad de Federal, fortaleciendo la educación vial y generando espacios adecuados para la formación práctica de quienes desean obtener conocimientos y experiencia en la conducción de vehículos; y

CONSIDERANDO:
Que la seguridad vial constituye una responsabilidad colectiva y una política fundamental para la prevención de accidentes y el cuidado de la vida.
Que resulta indispensable generar herramientas de capacitación y formación para quienes inician su aprendizaje en la conducción, brindando conocimientos teóricos y prácticos que contribuyan a una circulación más segura y responsable.
Que la educación vial no debe limitarse únicamente al momento de obtener una licencia de conducir, sino que debe ser entendida como un proceso de formación y concientización permanente.
Que la Ciudad de Federal cuenta con el Circuito Tino Gottig, espacio que, por sus características, puede constituirse en un ámbito propicio para el desarrollo de prácticas de aprendizaje y capacitación en conducción, bajo las condiciones y medidas de seguridad que correspondan.
Que la utilización de dicho circuito permitiría generar un espacio específico y controlado para que los vecinos y vecinas puedan adquirir experiencia en el manejo, evitando que las primeras prácticas de conducción se realicen en sectores de circulación urbana, donde pueden generar situaciones de riesgo tanto para quienes están aprendiendo como para peatones y demás conductores.
Que la creación de una Escuela Municipal de Manejo y Educación Vial permitiría articular acciones de formación teórica, prácticas de conducción, campañas de concientización y actividades educativas destinadas a jóvenes y adultos.
Que resulta fundamental que el Estado Municipal acompañe a los ciudadanos y ciudadanas en la adquisición de herramientas y conocimientos que favorezcan una conducción responsable.
Que desde el Bloque Más para Entre Ríos entendemos que prevenir es también educar y que generar espacios públicos destinados a la formación vial constituye una inversión en seguridad, responsabilidad y cuidado de nuestra comunidad.
Que la implementación de esta iniciativa podrá realizarse de manera articulada con las áreas municipales competentes, instituciones educativas, organismos vinculados a la seguridad vial y demás actores que puedan contribuir a su desarrollo.

POR ELLO:
EL BLOQUE MAS PARA ENTRE RÍOS DE LA CIUDAD DE FEDERAL SANCIONA:

ARTÍCULO 1º.- Créase la ESCUELA MUNICIPAL DE MANEJO Y EDUCACIÓN VIAL DE LA CIUDAD DE FEDERAL, destinada a brindar capacitación teórica y práctica en conducción responsable, educación vial, prevención y seguridad en el tránsito.

ARTÍCULO 2º.- Establézcase como espacio destinado prioritariamente al desarrollo de las prácticas de conducción de la Escuela Municipal de Manejo y Educación Vial el Circuito Tino Gottig, siempre que las actividades programadas, las condiciones del lugar y las medidas de seguridad permitan su utilización.

ARTÍCULO 3º.- La Escuela Municipal tendrá como objetivos:
a) Brindar herramientas teóricas y prácticas para el aprendizaje inicial de la conducción.
b) Promover el conocimiento y respeto de las normas de tránsito.
c) Generar conciencia sobre la importancia de una conducción responsable y preventiva.
d) Contribuir a la reducción de situaciones de riesgo y siniestros viales.
e) Ofrecer un espacio adecuado y controlado para las prácticas iniciales de manejo.
f) Promover el respeto hacia peatones, ciclistas, motociclistas y demás usuarios de la vía pública.
g) Desarrollar campañas, talleres y jornadas de educación y concientización vial.

ARTÍCULO 4º.- El Departamento Ejecutivo Municipal, a través del área que determine como autoridad de aplicación, establecerá la modalidad de funcionamiento de la Escuela, los requisitos de inscripción, la organización de las capacitaciones y prácticas, los protocolos de seguridad y demás aspectos necesarios para el cumplimiento de la presente Ordenanza.

ARTÍCULO 5º.- Las prácticas de conducción que se desarrollen en el Circuito Tino gottig deberán realizarse en días y horarios establecidos previamente, sin interferir con las actividades deportivas, recreativas, institucionales o eventos programados en dicho espacio.

ARTÍCULO 6º.- El Departamento Ejecutivo Municipal podrá celebrar convenios y establecer mecanismos de articulación con instituciones educativas, organismos de seguridad vial, profesionales idóneos, instructores de manejo y demás entidades públicas o privadas que contribuyan al cumplimiento de los objetivos de la presente Ordenanza.

ARTÍCULO 7º.- La capacitación brindada por la Escuela Municipal tendrá carácter formativo y educativo y no reemplazará los requisitos legales y administrativos exigidos por la normativa vigente para la obtención de la correspondiente Licencia Nacional de Conducir.

ARTÍCULO 8º.- Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar las adecuaciones necesarias en el Circuito Tino gottig para garantizar las condiciones de señalización, seguridad y organización requeridas para el desarrollo de las actividades previstas en la presente Ordenanza.

ARTÍCULO 9º.- El Departamento Ejecutivo Municipal deberá promover la difusión de la Escuela Municipal de Manejo y Educación Vial, informando a la comunidad sobre sus objetivos, funcionamiento y modalidades de inscripción.

ARTÍCULO 10º.- Los gastos que demande la implementación de la presente Ordenanza serán imputados a las partidas presupuestarias correspondientes, pudiendo el Departamento Ejecutivo gestionar recursos, aportes y convenios destinados específicamente al desarrollo de programas de educación y seguridad vial.

ARTÍCULO 11º.- Remitir copia a la asociación civil “Club de Volate Federalense.

ARTÍCULO 12º.- De forma.

PROYECTO DE RESOLUCIÓN
BLOQUE MÁS PARA ENTRE RÍOS

VISTO:
La realización del Taller de Promoción de la Salud Mental, Prevención y Abordaje de Factores de Riesgo, destinado a la comunidad de la ciudad de Federal; y

CONSIDERANDO:
Que la salud mental constituye un componente fundamental del bienestar integral de las personas y debe ser abordada desde una perspectiva de promoción, prevención, cuidado y acompañamiento comunitario;
Que resulta necesario generar espacios de información, reflexión y capacitación que permitan reconocer tempranamente situaciones de vulnerabilidad y factores de riesgo que puedan afectar la salud mental;
Que la comunidad, las instituciones educativas, sociales, deportivas, sanitarias y demás organizaciones cumplen un rol fundamental en la construcción de redes de cuidado y acompañamiento;
Que este tipo de iniciativas contribuye a derribar prejuicios y estigmas vinculados a la salud mental, promoviendo una mirada basada en el respeto, la escucha y la inclusión;
Que resulta de especial importancia brindar herramientas que permitan identificar señales de alerta, fortalecer factores protectores y conocer los recursos institucionales disponibles para solicitar orientación y asistencia;
Que el Estado Municipal debe acompañar y promover aquellas acciones que contribuyan al bienestar de la comunidad y a la construcción de una sociedad más solidaria, preventiva y comprometida con el cuidado de las personas;

POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE FEDERAL
RESUELVE:

ARTÍCULO 1°: Declárase de Interés Municipal el Taller de Promoción de la Salud Mental, Prevención y Abordaje de Factores de Riesgo, a desarrollarse en la ciudad de Federal, por su aporte a la promoción del bienestar integral, la prevención y el fortalecimiento de las redes comunitarias de cuidado.

ARTÍCULO 2°: Reconócese la importancia de generar espacios de capacitación, sensibilización y reflexión destinados a brindar herramientas para la promoción de la salud mental, la identificación de factores de riesgo y la prevención de situaciones de vulnerabilidad.

ARTÍCULO 3°: Promuévase, en el marco del taller, la difusión de información vinculada a factores protectores, señales de alerta, estrategias de cuidado, escucha activa, acompañamiento y recursos institucionales disponibles en la comunidad.

ARTÍCULO 4°: Invítese a instituciones educativas, sanitarias, organizaciones sociales, clubes, asociaciones civiles y demás instituciones de la comunidad a participar y acompañar las acciones relacionadas con la promoción de la salud mental.

ARTÍCULO 5°: Facúltese al Departamento Ejecutivo Municipal, a través de las áreas que correspondan, a brindar colaboración y acompañamiento para la realización y difusión del mencionado taller.

ARTÍCULO 6°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, publíquese y archívese.
Federal, Entre Ríos, septiembre de 2026.

PROYECTO DE RESOLUCIÓN DEL BLOQUE MÁS PARA ENTRE RÍOS
ANIVERSARIO DE Nº 90 DE LA PARROQUIA SANTA ROSA DE LIMA

VISTO:
El 90° aniversario de la creación de la parroquia Santa Rosa de Lima de la ciudad de Federal, cuya fecha central de celebración tendrá lugar el día 14 de diciembre del corriente año; y

CONSIDERANDO:
Que la Iglesia Santa Rosa de Lima cumple 90 años de trayectoria como parroquia, constituyéndose en una institución de significativa presencia en la vida comunitaria de nuestra ciudad.
Que a lo largo de estas nueve décadas ha sido pilar fundamental en la vida comunitaria,acompañando a las familias, fortaleciendo valores espirituales y morales, participando activamente en el desarrollo social, cultural y humano de Federal.
Que resulta oportuno que este Honorable Concejo Deliberante exprese su reconocimiento a la trayectoria de la Parroquia Santa Rosa de Lima y a todas las personas que, a lo largo de estos 90 años, han contribuido a su crecimiento y permanencia.
Que corresponde destacar y acompañar institucionalmente esta celebración, reconociendo su importancia para la comunidad de Federal.

Por ello:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE FEDERAL
RESUELVE:

ARTÍCULO 1°: Declárase de Interés Municipal el 90° aniversario de la creación como parroquia de la Iglesia Santa Rosa de Lima, cuya fecha central de celebración tendrá lugar el día 14 de diciembre del corriente año, en reconocimiento a su trayectoria y a su importancia histórica, social, cultural y espiritual para la comunidad de Federal.
ARTÍCULO 2°: Declarese feriado municipal y día no laborable en la ciudad de Federal el día 14 de diciembre con motivo de conmemorarse el 90º aniversario de la Parroquia Santa Rosa, en reconocimiento a su trayectoria, a su aporte espiritual, social y comunitario brindado a nuestra comunidad de Federal.
ARTICULO 3º Expresar el reconocimiento del Honorable Concejo Deliberante a la comunidad de la Iglesia Santa Rosa de Lima, por su trayectoria de 90 años y por su aporte a la vida comunitaria de la ciudad de Federal.
ARTÍCULO 4°: Invítase a las instituciones públicas y privadas, organizaciones sociales, educativas, culturales y religiosas de la ciudad de Federal a adherir a la celebración del 90° aniversario de la Iglesia Santa Rosa de Lima.
ARTÍCULO 4°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a las autoridades de la Iglesia Santa Rosa de Lima y a las instituciones que correspondan.
ARTÍCULO 5°: Regístrese, publíquese y archívese.
#federalaldia #radiointegracion905

Etiquetas:FEDERAL: EL BLOQUE DEL JUSTICIALISMO SOLICITA LA CREACIÓN DEL ÁREA DE ADULTOS MAYORES EN EL ÁMBITO MUNICIPAL
Compartí esta noticia 👉
Facebook X Whatsapp Whatsapp Reddit Telegram Threads Correo Electrónico Copiar Link Imprimir
SenadoER
ENERSA
GNC GRAN MARIA FEDERAL
DESCARGA NUESTRA APP myTurner ESCUCHANOS EN VIVO
FEDERAL DIGITAL
MARTIN ABDALA

También te podría gustarte

EL SALARIO MÍNIMO ACUMULÓ UNA CAÍDA REAL DEL 28% EN ONCE MESES

21/11/2024

INFORME DE LA JUSTICIA DE FALTAS AL H.C.D.: EN EL SEGUNDO SEMESTRE DE 2023 RECAUDÓ CASI 4 MILLONES DE PESOS

14/03/2024

PIDIERON SE CONSIDERE PONER EL NOMBRE DE VÍCTOR ANÍBAL TERRA A UNA CALLE DE LA CIUDAD DE FEDERAL

01/04/2021

CONCEJO DELIBERANTE DE FEDERAL: EXPRESIONES EN EL TIEMPO DE HOMENAJES Y RECORDACIONES

17/09/2020
Dev: Fernando S. Brandolini
  • Facebook
  • 🫡 Ingresar
Welcome Back!

Sign in to your account

Nombre de Usuario o Correo Electrónico
Contraseña

perdí mis datos