El 2 de diciembre se publicó el Decreto 3079-2025 del Gobierno de Entre Ríos. La Administración Frigerio consideró el pedido que, por desequilibrios financieros, hizo el gobierno que encabeza la presidenta municipal #AliciaOviedo. Recordemos que en Abril, del presente año, el Gobierno de Rogelio Frigerio había otorgado una ayuda financiera de 100 millones de pesos. ESTE TIPO DE ASISTENCIA ES COMÚN PARA AYUDAR A LOS MUNICIPIOS A CUBRIR GASTOS CORRIENTES.
El aporte, no reintegrable, había sido solicitado por el Gobierno Municipal de Federal para atender “desequilibrios financieros”, y fue atendido, como en otras oportunidades, por el Gobierno que encabeza Rogelio Frigerio.
• Otórgase a la Municipalidad de Federal, en la persona de su Presidente Municipal, Dra. Alicia OVIEDO, DNI N* 16.373.218, un Aporte No Reintegrable por la suma de PESOS VEINTE MILLONES ($20.000.000), a los fines de atender desequilibrios financieros de ese Municipio; dice el Artículo 2 del Decreto 3079-2025.
• El Municipio de Federal deberá rendir cuentas de la asistencia recibida ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia; dice el Artículo 5 del mismo.
TEXTO COMPLETO DEL DECRETO:
GOBIERNO DE ENTRE RÍOS
Decreto
Número: DTO-2025-3079-E-GER-GOB
PARANA, ENTRE RIOS
Miércoles 12 de Noviembre de 2025
Referencia: Expte. N* 3317007 – MHF – Aporte No Reintegrable Municipalidad de Federal
VISTO:
La presentación efectuada por la Presidente del Municipio de Federal; y
CONSIDERANDO:
Que en la misma solicita se evalúe la posibilidad de otorgar un Aporte No Reintegrable destinado a atender desequilibrios financieros de ese Municipio;
Que es decisión del Poder Ejecutivo Provincial asistir al Municipio, mediante un Aporte No Reintegrable por la suma total de Pesos Veinte Millones ($20.000.000), a pagar según las disponibilidades financieras de la Provincia;
Que la Ley Provincial de Ministerios N* 11.135, en el Artículo 19%, Inciso 5%, establece que es competencia del Ministerio de Hacienda y Finanzas: “Entender en todo lo vinculado a los aspectos fiscales, económicos y financieros en la relación entre el Gobierno Provincial, los Gobiernos Municipales y Comunales”;
Que ha tomado intervención de su competencia la Dirección General de Relaciones Fiscales con Municipios aportando datos fiscales del Municipio que se interesa;
Que ha tomado intervención de su competencia la Oficina Provincial de Presupuesto informando que lo gestionado resultaría viable a través de una modificación presupuestaria mediante transferencia compensatoria de créditos, encuadrado dentro de los términos legales del Artículo 13* de la Ley N* 11.176 de Presupuesto año 2025;
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Hacienda y Finanzas informó que no tiene objeciones que formular al respecto;
Que la Contaduría General de la Provincia al tomar intervención expreso que resulta facultad privativa del Poder Ejecutivo resolver en definitiva, quien de hacerlo conforme se solicita propiciará el dictado del respectivo Decreto que disponga en consecuencia;
Que el presente se dicta en uso de las facultades otorgadas por el Artículo 174” de la Constitución Provincial;
Por ello;
El GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1*.- Modifícase el Presupuesto General de la Administración Provincial Ejercicio 2025 –Ley N* 11.176- mediante transferencia compensatoria de créditos, por la suma total de PESOS VEINTE MILLONES ($20.000.000), en la Jurisdicción 91: Obligaciones a Cargo del Tesoro, Unidad Ejecutora: Secretaría de Hacienda, de conformidad a la Planilla Analítica del Gasto, que obra como anexo (IF-2025- 00020882-GER-OPPFMHYE) que forma parte del presente.
ARTÍCULO 2*.- Otórgase a la Municipalidad de Federal, en la persona de su Presidente Municipal, Dra. Alicia OVIEDO, DNI N* 16.373.218, un Aporte No Reintegrable por la suma de PESOS VEINTE MILLONES ($20.000.000), a los fines de atender desequilibrios financieros de ese Municipio.
ARTÍCULO 3>.- Facúltase a la Tesorería General de la Provincia, previa intervención de la Contaduría General de la Provincia, a transferir los fondos dispuestos en el Artículo 2* del presente.
ARTÍCULO 4″.- Impútase la erogación emergente de lo dispuesto en el Artículo 2” del presente a la partida: Dirección de Administración 964, Carácter 1, Jurisdicción 91, Subjurisdicción 00, Entidad 0000, Programa 17, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad 01, Obra 00, Finalidad 1, Función 32, Fuente de Financiamiento 11, Subfuente 0001, Inciso 5, Partida Principal 7, Partida Parcial 6, Partida Subparcial 0030, Departamento 35, Ubicación Geográfica 02 del Presupuesto año 2025.
ARTÍCULO 5″.- El Municipio de Federal deberá rendir cuentas de la asistencia recibida ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.
ARTÍCULO 6%.- El presente Decreto será refrendado por el SEÑOR MINISTRO SECRETARIO DE ESTADO DE HACIENDA Y FINANZAS.
ARTÍCULO 7”.- Comuníquese, publíquese, archívese y pasen las actuaciones a la Contaduría General de la Provincia, para el debido trámite.
Rogelio Frigerio (Gobernación) – BOLEAS Fabián (Ministerio de Hacienda y Finanzas)
#federalaldia #radiointegracion905
NOTICIA DE ARCHIVO: Publicada el 28-04-2025
LA PROVINCIA DEBIÓ ASISTIR CON 100 MILLONES DE PESOS A LA MUNICIPALIDAD DE FEDERAL
Según el Decreto 566/25 del Ministerio de Hacienda y Finanzas de Entre Ríos, los recursos están destinados “a afrontar la crítica situación económica que atraviesa, causada por la baja de la actividad económica, la disminución de los ingresos por Coparticipación Provincial y Nacional y el aumento en los rubros de los servicios”. Se trata de un aporte no reintegrable, que de todos modos deberá rendir ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia. LEA EL DECRETO.
FEDERAL AL DÍA accedió al texto del Decreto publicado en fecha 25-04-2025, el que en resumen expresa:
• Otórgase a la Municipalidad de Federal, en la persona de su Presidente Municipal, Señora Alicia OVIEDO, DNI N* 16.373.218, UN APORTE NO REINTEGRABLE por la suma de PESOS CIEN MILLONES ($ 100.000.000), destinado a afrontar la crítica situación económica que atraviesa, causada por la baja de la actividad económica, la disminución de los ingresos por Coparticipación Provincial y Nacional y el aumento en los rubros de los servicios.
• El Municipio de Federal deberá rendir cuentas de la asistencia recibida ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.
PUBLICACIÓN EN EL BOLETIN OFICIAL:
MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
DECRETO N* 566/25 MHF
APORTE NO REINTEGRABLE A MUNICIPALIDAD DE FEDERAL
Paraná, 1 de abril de 2025
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Modifícase el Presupuesto General de la Administración Provincial Ejercicio 2025 – Ley N* 11.176- mediante transferencia compensatoria de créditos, por la suma total de PESOS CIEN MILLONES ($100.000.000), en la Jurisdicción 91: Obligaciones a Cargo del Tesoro, Unidad Ejecutora: Secretaría de Hacienda, de conformidad a la Planilla Analítica del Gasto, que adjunta forma parte integrante del presente Decreto.
ARTÍCULO 2.- Otórgase a la Municipalidad de Federal, en la persona de su Presidente Municipal, Señora Alicia OVIEDO, DNI N* 16.373.218, un Aporte No Reintegrable por la suma de PESOS CIEN MILLONES ($ 100.000.000), destinado a afrontar la crítica situación económica que atraviesa, causada por la baja de la actividad económica, la disminución de los ingresos por Coparticipación Provincial y Nacional y el aumento en los rubros de los servicios.
ARTÍCULO 39.- Facúltase a la Tesorería General de la Provincia, previa intervención de la Contaduría General de la Provincia, a transferir los fondos dispuestos en el Artículo 2” del presente.
ARTÍCULO 4”.- Impútase la erogación emergente de lo dispuesto en el Artículo 1” del presente a la partida: Dirección de Administración 964, Carácter 1, Jurisdicción 91, Subjurisdicción 00, Entidad 0000, Programa 17, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad 01, Obra 00, Finalidad 1, Función 32, Fuente de Financiamiento 11, Subfuente 0001, Inciso 5, Partida Principal 7, Partida Parcial 6, Partida Subparcial 0030, Departamento 35, Ubicación Geográfica 02 del Presupuesto año 2025.
ARTÍCULO 5*.- El Municipio de Federal deberá rendir cuentas de la asistencia recibida ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.
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