Se hará si se aprueba el proyecto de Ordenanza presentado en la sesión ordinaria de este miércoles, cuestión que pasó para el tratamiento de la comisión de Obras y Servicios Públicos. ENTERESE.
Texto completo del Proyecto de Ordenanza presentado por Concejales del bloque Más para Entre Ríos:
PROYECTO DE ORDENANZA
VISTO: El caudal de tránsito que circula diariamente sobre Colaterales A. Almada y Berardo, entre las Arterias Cepeda y 9 de julio, y las condiciones de seguridad para quienes circulan por ella, y;
CONSIDERANDO: Que las mencionadas vías tienen una importante circulación de peatones, ciclistas y vehículos, y que actualmente ubicados sobre las mismas arterias funcionan establecimientos comerciales de diversos tipos, provocando situaciones de inseguridad, habida cuenta de sus dimensiones, tránsito peatonal, su flujo de circulación vehicular y el estacionamiento permitido sobre ambas manos;
Que es necesario tomar medidas, para evitar mayores inconvenientes en el transito; Que la mano única de estacionamiento permitiría minimizar los riesgos al dejar libre, para circulación de vehículos, mayor ancho de la calzada;
Por todo ello, elevan a consideración del Cuerpo Legislativo el siguiente:
PROYECTO DE ORDENANZA.- Art. 1º) Determinase que, calle colectora Aguirre Almada entre presidente Perón y Cepeda, tendrá única mano de estacionamiento, sobre el cordón de la vereda OESTE. Prohibiéndose en ambas manos en el sector comprendido entre calles Mitre y Hernani Cuneo.
Determinase que, calle colectora Berardo entre prolongación de calle Presidente Perón y Cepeda, tendrá única mano de estacionamiento, sobre el cordón de la vereda ESTE. Prohibiéndose en ambas manos en el sector comprendido entre 9 de Julio y Antelo, calles 25 de mayo y Urquiza, y entre Eulogio Gonzales y prolongación de 12 de octubre, e Irigoyen y M Güemes.
Art. 2º) Establézcase que el D.E.M., a través de la Secretaría correspondiente, realizará la señalización que indique zona de estacionamiento prohibido. –
Art. 3°) Dispóngase que, quien no cumpla con las medidas emanadas de la presente Ordenanza, se hará pasible de las multas vigentes, en función de lo que se deduzca de las actas de Comprobación de Infracciones.-
Art. 4°) Impútese las erogaciones, que demande la cumplimentación de la presente norma legal, a la Partida Municipal vigente que corresponda. –
Art. 5°) Deróguese toda otra norma que se oponga a la presente.
(#federalaldia)