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Un paso adelante en el tiempo

FEDERAL: EL CONCEJO DELIBERANTE SE APRESTA A APROBAR EL RÉGIMEN DEL SERVICIO PUBLICO DE TRANSPORTE DE PASAJEROS

Se trata del elaborado mediante un Proyecto de Ordenanza del Departamento Ejecutivo Municipal, el que regulará la prestación del servicio en lo urbano y suburbano. APUNTAR A CUBRIR SERVICIOS ENTRE LAS DELICIAS, LA RINCONADA, Y EL CENTRO CIVICO DE FEDERAL, Y VICEVERSA.

El proyecto, ingresado en la ultima sesión extraordinaria del H.C.D., determina los fines, ámbito, autoridades de aplicación y definiciones varias de los servicios; teniendo como autoridad de aplicación al municipio.

No estarán incluidos en los alcances de esta Ordenanza, los servicios de taxi, remises, el transporte escolar, y los servicios de todo otro vehículo de alquiler destinado al transporte de personas.

La Ordenanza tendrá como fin establecer criterios que garanticen la calidad y equidad del servicio a los habitantes, resguardar la seguridad del transito vehicular, y determinar modalidades y características generales del mismo, con una adecuada contribución fiscal de los prestatarios.

L ordenanza define las atribuciones de la autoridad de aplicación, característica de los servicios y otras definiciones varias.

En cuanto a las características del servicio, en el Articulo 9 del proyecto, dice que se deberá garantizar el traslado de pasajeros desde el PARAJE LAS DELICIAS, la zona conocida como LA RINCONADA, el CENTRO CIVICO, y viceversa.

El costo de los viajes surgirá de lo que establezca el Departamento Ejecutivo, al igual que las frecuencias.

Las adjudicaciones de los servicios, tendrán una duración determinada, pudiendo ser prorrogadas por el Concejo Deliberante, a solicitud del D.E.M.

Los vehículos afectados a la prestación del Servicio de Transporte de Pasajeros, deberán poseer el permiso otorgado por el D.E.M.

El costo de los boletos de viajes será estipulado por el Departamento Ejecutivo Municipal, y deberán cumplir con un recorrido establecido por este. Se ha determinado en el Articulo 24 de la Ordenanza, que NO PODRÁN SUPERAR EL VALOR EQUIVALENTE A 3,5 LITROS DE GAS OIL; y estarán diferenciadas en el costo entre RURAL, URBANA Y MENORES DE 6 A 12 AÑOS. En ningún caso el concesionario podrá establecer el monto de las tarifas, sin la aprobación del D.E.M., a Referendum.

En otro de los Artículos se determina que, de aprobarse la Ordenanza tal como fue enviada por el gobierno municipal, LAS EMPRESAS ESTARÁN OBLIGADAS A TRANSPORTAR GRATUITAMENTE A LOS EMPLEADOS Y FUNCIONARIOS DE LA DIVISION TRANSITO, cuando se hallen en el ejercicio de sus funciones; a igual que a CUALQUIER AUTORIDAD POLICIAL CON UNIFORME EN ACTO DE SERVICIO, y a MENORES DE 5 AÑOS DE EDAD, los que no tendrán derecho a butaca.

Estas son solo algunas puntualizaciones de una Ordenanza que incluye 51 artículos.

El Concejo Deliberante se reunirá en Sesión extraordinaria este jueves, por lo que se estima el tema estará en consideración; al igual que el presupuesto para 2024, la Ordenanza sobre la nueva orgánica municipal, y el veto parcial de la cesión en comodato de una propiedad inmueble municipal. (Federal al Día-Imagen Ilustrativa)