Aunque el proyecto de Ordenanza no se leyó en la sesión extraordinaria, FEDERAL AL DÍA accedió al texto de la norma. COMO QUEDARÁ EL ORGANIGRAMA Y CUANDO COBRARÁ EL FUNCIONARIADO.
Las funciones adminsitratrivas, orgánicas y estructurales del Departamento Ejecutivo Municipal, estarán a cargo de las siguientes secretarías:
• Gobierno y Hacienda
• Planificación, Obras y Servicios Públicos
• Desarrollo Social
• Cultura y Turismo
Del Departamento Ejecutivo y sus Secreterías dependerán la siguientes Direcciones y Areas:
Del Departamento Ejecutivo:
• Asesoría Legal
De la Secretaría de Gobierno y Hacienda:
• Sub Secretaría de Hacienda e Ingresos de Jurisdicción Municipal
De la secretaría de Desarrollo Social:
• Sub Secretaría de Producción y Economía Social
• Sub Secretaría de Deportes y Recreación
• Área de Juventud, Formación y participación Ciudadana
• Área de Adultos mayores y Discapacidad
• Área de la Mujer
• Área de la Niñez, Adolescencia y Familia
De la Secretaría de Planificación, Obras y Servicios Públicos:
• Secretaría de Ambiente y Servicios Públicos
• Dirección de Obras Privadas e Inspección Técnica
De la Secretaría de Cultura y Turismo:
• Área de Turismo
• Área de Cultura
QUE COBRARÁ EL FUNCIONARIADO:
Presidenta Municipal:
• 3 Categorías 1 del Escalafón General Municipal, más un 40 % en concepto de responsabilidad jerárquica, y un 80 % en conceptos de gastos de representación (no remunerativo-no bonificable)
Vicepresidente Municipal:
• Una asignación equivalente a la que percibe un concejal, más un 70 % en concepto de gastos de representación, sobre la asignación básica que percibe el presidente municipal (no remunerativo-no bonificable). En caso de reemplazo de la Presidenta Municipal, el Señor Vicepresidente percibirá los mismos haberes que la Presidenta Municipal, por el tiempo que resulte necesario reemplazarlo, no acumulativo, sino en sustitución a lo establecido en en el parrafo anterior.
Secretarías Municipales:
• Una asignación básica equivalente al 85% de los haberes asignados al Presidente Municipal, con más un adicional del 40% en concepto de Responsabilidad Jerárquica, y un 80% en concepto de Gastos de Representación (no remunerativo-no bonificable)
Sub-Secretarías Municipales/Contador Municipal:
• Una asignación básica equivalente al 75 % de los haberes asignados a la Presidente Municipal, con más un adicional del 40% en concepto de responsabilidad jerárquica, y un 80 % en concepto de gastos de representación (no remunerativo-no bonificable)
Direcciones Municipales-Juez de Faltas Municipal:
• 55 % de los haberes asignados al Presidente Municipal, con más un adicional del 40% en concepto de Responsabilidad Jerárquica y un 80% en concepto de Gastos de Representación (no remunerativo-no bonificable).
Áreas Municipales:
• 30 % de los haberes asignados al presidente municipal , mas un adicional del 40 % en concepto de gastos por responsabilidad, y un 80 % de gastos de representación (no remunerativo-no bonificable)
Asesoría Legal:
• Una asignación básica del 40% de los haberes asignados al Señor Presidente Municipal, con más un adicional del
40% de responsabilidad jerárquica, y un 80 % de gastos de representación (no remunerativo-no bonificable)
(Federal al Día)
















