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Economia

DIPUTADOS: PROPONEN SUBIR EL MÍNIMO NO IMPONIBLE DEL IMPUESTO A LAS GANANCIAS

Publicada: 05/10/2022 11:15 PM
un paso adelante en el tiempo
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La propuesta impulsa una actualización del 23,53% en el monto del mínimo no imponible, sobre la Ley vigente. Argumentan que este “impuesto solo debe alcanzar los trabajadores mejor remunerados”.


Los diputados nacionales del bloque socialista, Enrique Estévez y Mónica Fein, presentaron un proyecto de ley en el que proponen subir el monto mínimo no imponible del impuesto a las Ganancias, de manera que los incrementos salariales pactados recientemente repercutan sobre los trabajadores de menor poder adquisitivo.

La propuesta impulsa una actualización del 23,53% en el monto del mínimo no imponible, sobre la Ley vigente.

“Entendemos que este impuesto solo debe alcanzar los trabajadores mejor remunerados y no ir sobre quienes ganan menos”, explicó Fein.

De esta forma, dejaría por fuera de la imposición a sueldos netos menores a 242.000 pesos promedio mensuales.

Al argumentar la propuesta, la diputada hizo hincapié en la fuerte suba registrada por la inflación.

“Es fundamental tener en cuenta la dinámica inflacionaria del país, porque de lo contrario, la carga tributaria del Impuesto a las Ganancias neutraliza los beneficios derivados de los aumentos paritarios”, dijo.

A su vez, la propuesta prevé que el Poder Ejecutivo siga fijando -para los salarios ligeramente superiores a ese monto- un mecanismo de deducción adicional a fin de que el salto de carga tributaria sea acompasado y proporcional.

También contempla una modificación en el cronograma de actualización automática del monto de las deducciones del artículo 30 de la actual Ley, con el objeto de que no quede obsoleta tras la aceleración de la inflación.

“Esto permitirá actualizar las deducciones por carga de familia del inciso a) de dicho artículo, a partir de los haberes brutos devengados en septiembre”, sostienen los diputados en los fundamentos del proyecto.

Etiquetas:DIPUTADOS: PROPONEN SUBIR EL MÍNIMO NO IMPONIBLE DEL IMPUESTO A LAS GANANCIAS
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