Al utilizar este sitio, usted acepta los términos y condiciones política de privacidad and terminos de uso.
Acepto
Federal Al DíaFederal Al DíaFederal Al Día
  • 👉Categorías
    • 🏠Locales
    • 🏘️Provinciales
    • 🇦🇷 Nacionales
    • 👮Policiales
    • 🚜Municipales
  • 🧰Servicios
    • ⚕️Farmacias de turno
    • 🪦Necrológicas
    • 🗳️ Encuestas
    • ☎️ Telefonos Útiles
    • 🗃️Archivos de Noticias
    • 🗺️ Mapa de Federal
  • 📻Radio en vivo!
Notificaciones Mostrar más
TamañoAa
Federal Al DíaFederal Al Día
TamañoAa
Search
  • 👉Categorías
    • 🏠Locales
    • 🏘️Provinciales
    • 🇦🇷 Nacionales
    • 👮Policiales
    • 🚜Municipales
  • 🧰Servicios
    • ⚕️Farmacias de turno
    • 🪦Necrológicas
    • 🗳️ Encuestas
    • ☎️ Telefonos Útiles
    • 🗃️Archivos de Noticias
    • 🗺️ Mapa de Federal
  • 📻Radio en vivo!
Follow US
Provinciales

EDUCACIÓN: EL CALENDARIO ENTRERRIANO CONTEMPLA 180 DÍAS DE CLASES

Publicada: 13/02/2020 12:36 AM
un paso adelante en el tiempo
Compartir
Compartir

Entre Ríos cumplirá con los 180 días de clases durante 2020. Así lo ratificó el presidente del CGE, Martín Müller, tras el acuerdo alcanzado en la reunión del Consejo Federal de Educación del 18 de diciembre que contó con la presencia del ministro de la Nación, Nicolás Trotta.

De esta manera, el cuerpo colegiado del CGE adecuará el Calendario Escolar 2020 de la provincia, que había sido publicado el 6 de diciembre pasado, previo a la reunión donde los referentes educativos de las 24 jurisdicciones del país firmaron la Resolución Nº 361/19 CFE, que fijó el Calendario Escolar Nacional, con un ciclo lectivo anual mínimo de 180 días efectivos de clase para los establecimientos educativos de todo el país.

Cabe destacar que la normativa estipula que las clases no desarrolladas por razones no previstas en el Calendario Escolar consensuado en el seno del CFE, en cumplimiento de la obligatoriedad de los 180 días de clase, deben ser comunicadas al Ministerio de Educación de la Nación y las autoridades jurisdiccionales disponen la modalidad para que las mismas sean recuperadas, de modo tal de asegurar el mínimo de clases establecidas para cada nivel y/o modalidad.

Se encuentran incluidas en esta disposición, las jornadas institucionales e inclusive la suspensión de actividades escolares por razones sanitarias o de seguridad.

Del mismo modo, las instituciones educativas no pueden suspender las actividades escolares sin previa autorización de la autoridad educativa provincial y en común acuerdo deben establecer las actividades que permitan recuperar los días clases, para luego verificar que se cumpla efectivamente lo acordado.

Asimismo, la visión cuantitativa que se plantea sobre los 180 días de clases (contabilizando los días hábiles desde la fecha de inicio hasta la finalización del ciclo lectivo y restándole los días correspondientes al receso de invierno y los feriados) no contempla el caso de la doble jornada, la extensión de la misma (según modalidad, nivel y provincia) y las horas de tutorías en las que se desarrollan también actividades educativas con contenido pedagógico, las que en conjunto exceden en la práctica, la meta mínima de los 180 días.(dgip)

Compartí esta noticia 👉
Facebook X Whatsapp Whatsapp Reddit Telegram Threads Correo Electrónico Copiar Link Imprimir
ENERSA
HCDER
SenadoER
DESCARGA NUESTRA APP myTurner ESCUCHANOS EN VIVO
FEDERAL DIGITAL
MARTIN ABDALA

También te podría gustarte

TAIANA Y VIZZOTTI ESTUVIERON EN ENTRE RÍOS POR UNA CAMPAÑA SOCIO SANITARIA

29/06/2022

DESDE EL CGE SE RECUERDA QUE ESTÁ PROHIBIDO EL COBRO DE CUOTAS EN LAS ESCUELAS PÚBLICAS

21/02/2019
Provinciales

OSER TUVO EMBARGOS POR 15 MIL MILLONES DE PESOS POR AMPAROS EN 2025

06/02/2026
PoliticaProvinciales

INTERNAS EN EL PJ DE ENTRE RÍOS: TODAS LAS LISTAS NOMBRE POR NOMBRE

08/06/2025
Dev: Fernando S. Brandolini
  • Facebook
  • 🫡 Ingresar
Welcome Back!

Sign in to your account

Nombre de Usuario o Correo Electrónico
Contraseña

perdí mis datos