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31 de mayo – Día Mundial sin Tabaco: Argentina: Preocupa el consumo de tabaco

Publicada: 30/05/2018 11:40 PM
un paso adelante en el tiempo
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Especialistas en salud advierten sobre el consumo en adolescentes y la tendencia del cigarrillo electrónico.

El consumo de tabaco causa anualmente en Argentina la muerte de más de 40.000 personas. El 25% de la población adulta de nuestro país fuma, lo que representa una de las prevalencias de consumo más altas de la región. El costo del consumo se mide en función de la enorme carga de morbilidad, el gran sufrimiento y las muchas dificultades familiares que ocasiona. La economía también sufre en consecuencia del aumento del gasto sanitario y la merma de productividad.

Respecto a hábitos de consumo, se desplaza de varones a mujeres y de niveles socioeconómicos altos a bajos, por lo que ya se observa que las adolescentes fuman 1/3 más que los varones y que la población en situación de mayor vulnerabilidad fuma un 25% más que la población de altos ingresos.

En el mundo la tendencia a considerar el tabaquismo como una enfermedad ha empujado a las tabacaleras a diseñar nuevas formas de consumo de tabaco. Ha surgido así el cigarrillo electrónico y recientemente el iQOS de amplia difusión en Europa. El primero, prohibido por el ANMAT se vende libremente, y ha instalado la controversia entre los expertos sobre si es necesario regularlo como un producto del tabaco y así poder controlarlo vs prohibirlo, pero dando al organismo correspondiente poder de inspección y sanción.

Desde hace varios años contamos con leyes municipales, provinciales y una nacional que protegen del humo de tabaco de segunda mano, esta cobertura es dispar en nuestro territorio y su cumplimiento es discutible. La legislación es fundamental para el control efectivo del tabaco, pues institucionaliza y hace vinculante el compromiso de un país con dicho control.

Novedades en Argentina

Tenemos un instrumento legal, el Convenio Marco de Control de Tabaco (CMCT) de la Organización Mundial de la Salud, vigente desde febrero de 2005, es el primer Tratado Internacional de Salud Pública que establece un paquete de medidas eficaces y costo-efectivas para controlar la epidemia de tabaquismo. Argentina aún no ha ratificado este tratado. A la fecha ciento ochenta y un países han ratificado el CMCT, siendo Argentina uno de los pocos países que, a pesar de haberlo firmado en 2003, no lo ha ratificado. Este 31 de mayo la Asociación Argentina de Medicina Respiratoria presentará en el Senado una declaración conjunta con Ministerio de Salud de la Nación, otras sociedades científicas y ONGs, solicitando su inmediata ratificación.

El CMCT es considerado un indicador específico de cumplimiento de los nuevos Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) y del Plan Global para reducir las Enfermedades Crónicas No Transmisibles, y provee herramientas para aumentar la transparencia del Estado y contrarrestar los intentos de la industria tabacalera de socavar o desvirtuar las políticas de control del tabaco. De este modo, la ratificación del CMCT es un requisito para dar cumplimiento a las metas de desarrollo y contribuir a reducir la pobreza.

La ratificación del Convenio refuerza la soberanía nacional por contribuir a garantizar de forma más integral la protección del Derecho a la Salud. El Estado Argentino tiene una larga tradición de ser parte de pactos internacionales de Derechos Humanos y ha asumido obligaciones en materia de protección de estos. En este sentido, los Comités de la Convención para la Eliminación de todas formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) y del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC) han reclamado reiteradamente al Estado Argentino la ratificación del CMCT para cumplir con sus obligaciones.

Cada año el tabaco provoca a nivel mundial la muerte de más de 5 millones de personas, y, de seguir así, en 2030 provocará la muerte de 8 millones de personas, momento en el que aproximadamente el 80% de las defunciones se producirán en países de ingresos bajos y medios. La ratificación del tratado no es reemplazable por medidas locales (como la Ley Nacional 26.687 y las leyes subnacionales), ya que propicia la cooperación internacional en el marco de la Conferencia de las Partes, para dar respuestas globales y solidarias ante una epidemia global.

Asesoró: Dra. Rosa Estevan (MN 71.502), Coordinadora de la Sección Tabaquismo y Epidemiología de la Asociación Argentina de Medicina Respiratoria.

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