El proyecto de Ordenanza ingresó este miércoles, con la firma de concejales del oficialismo, y fue girado para el tratamiento de la Comisión de Obras y Servicios Públicos. LEA DONDE SE SOLICITA LA CONSTRUCCIÓN DE REDUCTORES DE VELOCIDAD.
Texto completo de la iniciativa oficialista:
PROYECTO DE ORDENANZA – BLOQUE DE CONCEJALES UCR
VISTO
La necesidad de garantizar la seguridad vial en nuestra ciudad, y
CONSIDERANDO
Que es una atribución de este Cuerpo crear normas que se refieran a la seguridad pública;
Que no sólo es un derecho sino un deber ocuparse de la seguridad de nuestra ciudad;
Que nuestra responsabilidad es a su vez mayor porque la ciudadanía nos ha honrado con su mandato;
Que el ejercicio responsable de nuestra función hace que dispongamos las normas necesarias para la seguridad y tranquilidad de nuestros vecinos;
Que algunas calles, en ciertas ocasiones, son utilizadas, consciente o inconscientemente, por los conductores para transitar a velocidades inadecuadas;
Que uno de los medios para que los conductores circulen a menor velocidad y con más precaución es la construcción de reductores de velocidad llamados “lomos de burro”;
Que los vecinos se han manifestado expresando el peligro existente y la necesidad imperiosa de colocar reductores de velocidad;
Que dichos reductores, contando con la debida señalización, no constituyen peligro alguno para los conductores ni para sus vehículos;
Que seguramente estos “lomos de burro” serán un canal adecuado y razonable para reducir el número de accidentes de tránsito;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE FEDERAL, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Constrúyanse reductores de velocidad de tipo “lomos de burro” en las calles Perón, Cepeda, Hipólito Irigoyen y en otras calles que se consideren necesarias.
ARTÍCULO 2º: Dótense a cada uno de ellos, los ya existentes y los nuevos, de su correspondiente señalización.
ARTÍCULO 3º: La distancia entre un reductor y otro, así como su colocación, exacta ubicación y dimensión, deberá ser evaluada y resuelta por la Secretaría de Planificación, Obras y Servicios Públicos.
ARTÍCULO 4º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
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