Al utilizar este sitio, usted acepta los términos y condiciones política de privacidad and terminos de uso.
Acepto
Federal Al DíaFederal Al DíaFederal Al Día
  • 👉Categorías
    • 🏠Locales
    • 🏘️Provinciales
    • 🇦🇷 Nacionales
    • 👮Policiales
    • 🚜Municipales
  • 🧰Servicios
    • ⚕️Farmacias de turno
    • 🪦Necrológicas
    • 🗳️ Encuestas
    • ☎️ Telefonos Útiles
    • 🗃️Archivos de Noticias
    • 🗺️ Mapa de Federal
  • 📻Radio en vivo!
Notificaciones Mostrar más
TamañoAa
Federal Al DíaFederal Al Día
TamañoAa
Search
  • 👉Categorías
    • 🏠Locales
    • 🏘️Provinciales
    • 🇦🇷 Nacionales
    • 👮Policiales
    • 🚜Municipales
  • 🧰Servicios
    • ⚕️Farmacias de turno
    • 🪦Necrológicas
    • 🗳️ Encuestas
    • ☎️ Telefonos Útiles
    • 🗃️Archivos de Noticias
    • 🗺️ Mapa de Federal
  • 📻Radio en vivo!
Follow US
Interés General

ACLARACIÓN DE ENERSA SOBRE EL COBRO DE LA TASA MUNICIPAL Y LA CONTRIBUCIÓN ÚNICA EN LA FACTURA

Publicada: 14/11/2024 4:50 PM
un paso adelante en el tiempo
Compartir
Compartir

Lea el comunicado de la empresa de energía de Entre Ríos.

Comunicado:

El servicio público de distribución y comercialización de energía eléctrica es de jurisdicción provincial. Enersa es uno de los concesionarios del servicio de suministro de energía eléctrica en la provincia de Entre Ríos y, por lo tanto, es un sujeto regulado por la Autoridad de Control, que es el Ente Provincial Regulador de la Energía (E.P.R.E.) y la Autoridad de Aplicación, que es la Secretaría de Energía de la Provincia de Entre Ríos. Ambas entidades son quienes fijan las condiciones para la prestación de dicho servicio.

En este contexto, cabe aclarar que Enersa cumple con el Marco Regulatorio Provincial, que establece que todos los concesionarios del servicio, tanto Enersa como las 18 Cooperativas Eléctricas, están obligados a cobrar en la factura los conceptos por “Contribución Única” y “Tasa Municipal” (Artículos 24 del Contrato de Concesión y 74
del Marco Regulatorio Eléctrico Provincial / Ley 8916).

Por estas razones, Enersa aclara que la Resolución 267/2024 del Gobierno Nacional, que determina que las facturas no podrán contener “sumas o conceptos ajenos a dicho bien o servicio” como las tasas y/o impuestos provinciales y municipales, se contradice con lo establecido en el Marco Regulatorio Provincial.
#enersa #federalaldia

Etiquetas:ACLARACIÓN DE ENERSA SOBRE EL COBRO DE LA TASA MUNICIPAL Y LA CONTRIBUCIÓN ÚNICA EN LA FACTURA
Compartí esta noticia 👉
Facebook X Whatsapp Whatsapp Reddit Telegram Threads Correo Electrónico Copiar Link Imprimir
ENERSA
HCDER
SenadoER
DESCARGA NUESTRA APP myTurner ESCUCHANOS EN VIVO
FEDERAL DIGITAL
MARTIN ABDALA

También te podría gustarte

REQUISITOS, HORARIOS Y MODALIDADES DE PASO: ARGENTINA HABILITA EL PASO EN LOS PUENTES ARTIGAS Y SAN MARTÍN

10/12/2021

CONSEJOS PARA CICLISTAS:Y ASÍ DISFRUTAR EN BICI CON SEGURIDAD VIAL

21/02/2020

ESTE 30 DE NOVIEMBRE CELEBRAN EL DÍA NACIONAL DEL MATE Y SU IMPACTO POSITIVO EN LAS EMOCIONES

29/11/2021

EL GOBIERNO ANUNCIÓ UN BONO PARA LOS BENEFICIARIOS DEL PLAN POTENCIAR TRABAJO

26/07/2022
Dev: Fernando S. Brandolini
  • Facebook
  • 🫡 Ingresar
Welcome Back!

Sign in to your account

Nombre de Usuario o Correo Electrónico
Contraseña

perdí mis datos