Se trata de un artículo de la ley electoral que ubica la fotografía de los candidatos a gobernador y vicegobernador junto al casillero de voto por “lista completa”.
Finalmente fue el Frente Entrerriano Federal (FEF) quien planteó la inconstitucionalidad de un artículo del nuevo Código Electoral sancionado a fines de 2024, que obliga a ubicar la foto de la fórmula a gobernador en el casillero “Voto por lista completa” en la Boleta Única Papel (BUP). La objeción fue planteada inicialmente por el Partido Justicialista (PJ), pero el planteo que había sido anunciado en el mes de mayo nunca se presentó.
La petición del FEF va en el mismo sentido de lo que había adelantado hace meses el PJ: ataca el artículo 102, inciso 1, apartado d), de la Ley Electoral N.º 11.190.
La presentación cuestiona que la fotografía de los candidatos a gobernador y vicegobernador deba aparecer en el casillero identificado como “Voto lista completa”, cuya marcación implica votar también a los candidatos de todas las demás categorías.
En la acción se advirtió que esta disposición puede llevar al elector a votar una lista completa cuando su intención era elegir únicamente la fórmula gubernativa, o incluso transformar en votos afirmativos las categorías que pretendía dejar en blanco.
“La ley coloca la fotografía de una candidatura en un casillero que implica votar todas las categorías. Esa confusión puede alterar la voluntad del elector y vulnerar garantías constitucionales”, explicó Daniel Cedro, integrante del FEF.
La demanda sostiene que esta situación compromete las garantías de libertad y autenticidad del sufragio reconocidas por la Constitución provincial. Además, recuerda que la Cámara Nacional Electoral ha señalado la obligación de evitar diseños de boletas que puedan generar confusión en el electorado.
El partido aclaró que no cuestiona la BUP ni la opción de votar una lista completa, sino exclusivamente que esa opción deba identificarse con la fotografía de candidatos de una sola categoría.
Por su parte, Nicolás Parera Deniz, afirmó: “El ciudadano tiene derecho a elegir a quién votar y también a quién no votar. Los sistemas electorales deben evitar cualquier confusión, no propiciarla. La fotografía de cada candidato debe estar en la categoría que corresponde”.
Finalmente, el FEF solicitó al Superior Tribunal de Justicia que declare la inconstitucionalidad parcial de la disposición y adopte las medidas necesarias para que la cuestión se resuelva antes de la aprobación definitiva y la impresión de las boletas electorales.
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