En Federal, un jurado popular declaró culpable a un hombre por homicidio simple, en exceso de legítima defensa, por lo que podría tener una condena máxima de 5 años. El homicidio en exceso de legítima defensa, que está regulado por el Articulo 35 del Código Penal, se configura cuando una persona repele una agresión ilegítima de manera proporcionada en su inicio, pero se extralimita en la intensidad o en el medio utilizado, causando la muerte. La pena prevista es de 1 a 5 años de prisión. Esto representa una reducción significativa si se lo compara con el homicidio simple, que contempla una pena de 8 a 25 años.
Luego de tres jornadas de debate, un jurado popular reunido este jueves en Federal, declaró culpable a Oscar Ramón Ramírez (29), por considerarlo autor penalmente responsable del delito de Homicidio simple, en exceso de legítima defensa. Fue en el marco del legajo “Ramírez, Oscar Ramón s/Homicidio simple”.
Tras cuatro horas de deliberación y conocido el veredicto del jurado en la sede de la sección local del Colegio de la Abogacía, el juez técnico y vocal del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Concordia, Pablo Garrera Allende, anunció que la audiencia de cesura -durante la cual las partes expondrán sus argumentos sobre la pena que debería cumplir el imputado-, se realizará el próximo jueves 11 de junio, a las 9, en los Tribunales de Concordia.
Ramírez fue asistido por la defensora pública María del Carmen Molares (Federal) y el defensor oficial Eduardo Garay (Concordia).
EL HECHO POR EL QUE DECLARARON CULPABLE A RAMIREZ:
El sábado 30 de noviembre de 2024, Oscar Ramón Ramírez asesinó a Claudio Fabián “merengo” Ayala (25), cuando este regresaba en la madrugada a la casa donde vivía con su pareja, de apellido Lencina (29), la mamá de su hija de 5 años de edad; ubicada en el Paraje Las Delicias, ejido de la ciudad de Federal.
Recordemos que el homicidio de Claudio Fabián Ayala (merengo), no solo conmocionó a su familia, sino también la comunidad rural y urbana de esta región.
El asesinato ocurrió de madrugada, cuando Ayala regresaba después de una reunión con amigos en la zona de Colonia Federal. En ese entonces, a pesar de algunas versiones cruzadas, fuentes judiciales habrían aclarado que el joven se dirigía a su hogar, y en el momento que entró a su casa fue atacado sorpresivamente Ramírez. Ahora el Jurado Popular determinó que lo hizo en legítima defensa; a pesar de que en principio se dijo que Ayala no había tenido la oportunidad de defenderse. En movilizaciones que realizaron “pidiendo justicia”, familiares, amigos y vecinos, se sugería que el ataque pudo haber sido quizá planeado y llevado a cabo por alguien que esperaba su llegada, o se sorprendió con su arribo.
Familiares expresaron oportunamente que “merengo” Ayala no pudo defenderse, reforzando en ese entonces la hipótesis de un ataque directo; lo que queda descartado al momento que el Jurado Popular consideró que el crimen se produjo cuando Ramírez se defendió, aunque se extralimitó en exceso provocándole la muerte a Ayala.
El rol de la pareja
Cuando el homicidio ocurrió, familiares y amigo ahogados por el dolor, consideraron que, un aspecto clave de la investigación, era el papel de la pareja de Ayala, de apellido Lencina (por ese entonces 27 años), aunque las fuentes judiciales sostenían que no había evidencia suficiente para involucrarla directamente en el crimen. Los familiares del joven, sin embargo, estaban convencidos de que la mujer pudo haber tenido conocimiento de lo que ocurriría esa madrugada.
Tal es así que, en las marchas que se realizaron por las calles de Federal, con el “pedido de justicia”, los manifestantes repitieron el pedido de que la justicia avanzara con rapidez, y se aclare la participación de todos los presuntamente involucrados.
EL PARTE POLICIAL DEL DÍA SIGUIENTE AL HOMICIDIO:
La gacetilla de prensa policial, contó:
• Siendo las 04:20 somos llamados de Paraje Las Delicias, donde habría un herido de arma blanca, en el lugar se observa lesionado a un masculino de 25 años, dcio. Zona Loma Limpia quien es trasladado al Hospital en ambulancia llegando sin vida.
• La víctima se hace presente en el domicilio de su ex. de 25 años; la cual se encontraba con su actual pareja de 27 años, lugar en que se pelean ambos masculinos donde el ex termina con varios cortes de arma blanca que le provocaron su muerte.
• En el lugar se procede a la detención de la actual pareja de la femenina, notificando a las autoridades Judiciales, trabaja en el lugar el gabinete criminalístico y Fiscal en turno (Dra. Eugenia Molina).
QUE ES EL HOMICIDIO EN EXCESO DE LEGÍTIMA DEFENSA:
Se configura cuando una persona repele una agresión ilegítima de manera proporcionada en su inicio, pero se extralimita en la intensidad o en el medio utilizado, causando la muerte.
En el Código Penal Argentino, esto está regulado por el Artículo 35.
El exceso en la defensa no convierte la acción en un simple homicidio culposo por negligencia, sino que se castiga con la pena establecida para los delitos de carácter culposo.
Escala Penal: La pena prevista es de 1 a 5 años de prisión. Esto representa una reducción significativa si se lo compara con el homicidio simple, que contempla una pena de 8 a 25 años.
Para que aplique esta figura, el individuo debe haber actuado con la intención de defenderse o repeler un peligro inicial, y no por un mero espíritu de venganza o rencor.
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