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Sociedad

LOS DEUDORES ALIMENTARIOS NO PODRÁN OBTENER LICENCIAS DE CONDUCIR PROFESIONALES

Publicada: 13/05/2026 8:32 PM
un paso adelante en el tiempo
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La provincia endurece los requisitos para conductores de carga y pasajeros. Quienes figuren en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos quedarán inhabilitados para tramitar la licencia interjurisdiccional.

En un movimiento clave para garantizar el cumplimiento de las obligaciones familiares, el gobierno de Entre Ríos, a través de la Dirección General de Prevención y Seguridad Vial, anunció que ya no se otorgarán ni renovarán licencias de conducir profesionales interjurisdiccionales a quienes mantengan deudas de cuota alimentaria.

La medida, oficializada mediante el Decreto Nº 835/2026-E-GER-GOB, establece un filtro estricto para los conductores de las Clases C, D y E (transporte de pasajeros y carga). El foco de esta normativa es claro: priorizar la responsabilidad parental como requisito de idoneidad para ejercer la actividad profesional al volante.

A partir de la adhesión de la provincia a normativas nacionales (Decreto 196/2025), la situación frente al Registro de Deudores Alimentarios Morosos (Ley 9424) se vuelve determinante. El proceso de control se ejecutará a partir de una Verificación Automática para las categorías de transporte de pasajeros (D1, D2, D3 Y D4 asociada a clases profesionales C, D o E). La misma se realizará a través de la Dirección de Seguridad Vial, que cruzará datos directamente con el registro antes de autorizar cualquier trámite.

En el caso de la categoría D4 (servicios de urgencia o emergencia asociados a CLASES particulares A o B), debido a limitaciones técnicas transitorias del sistema nacional (SIAF), los conductores deberán presentar obligatoriamente el Certificado de Libre Inscripción.

Para aquellos que necesiten acreditar que no poseen deudas pendientes para avanzar con su registro profesional, el trámite se ha digitalizado para agilizar los tiempos.

El Trámite Online se gestiona a través del portal oficial del Gobierno de Entre Ríos ante la Dirección General de Asistencia Integral a la Víctima del Delito. Es gratuito y tiene validez por 60 días.
#SecretariaComunicacionYPrensa #federalaldia #radiointegracion905

Etiquetas:LOS DEUDORES ALIMENTARIOS NO PODRÁN OBTENER LICENCIAS DE CONDUCIR PROFESIONALES
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Dev: Fernando S. Brandolini
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