Tal como lo había anticipado FEDERAL AL DÍA el pasado 2 de septiembre; este martes fue comunicada la sentencia en la causa que tramitó la Fiscalía local en el Juzgado de Transición y Garantías de Federal, por Infracción al Art. 301 bis – Juegos de Azar.
En un operativo llevado a cabo en el inicio del mes de noviembre del pasado año, personal de la Sección Leyes Especiales de la División Trata de Personas, dependiente de la Dirección Investigaciones con sede en Paraná, cumplió con una orden judicial emitida por el Juzgado de Garantías a cargo de la Dra. Susana Griselda Irurzun. La acción se enmarcaba en la causa “Ministerio de Seguridad y Justicia s/su denuncia (Organización Ilegal de Juegos de Azar)”, bajo la supervisión de la Unidad Fiscal a cargo del Dr. Tomás Tschernig.
Hace 10 meses, el allanamiento se realizó en una vivienda ubicada en colectora Aguirre Almada, donde también se efectuaron requisas personales y vehiculares, incluyendo un vehículo marca Chery modelo Fulwin. En el procedimiento participaron efectivos del Grupo de Infantería Adiestrada, dependiente de la Dirección Operaciones y Seguridad, así como personal de la Dirección Criminalística, quienes realizaron tareas de fotografía y planimetría del lugar; había publicado por entonces el Ministerio de Seguridad de la provincia de Entre Ríos.
La comunicación agregó que en el sitio se notificó de la medida a un hombre de 66 años, residente en la vivienda. Además, por disposición de la fiscal en turno, se identificaron a 15 personas presentes, todas mayores de edad.
El operativo había arrojado resultados positivos, con el secuestro de diversos elementos: Dinero en efectivo, Dólares, Guaraníes, Fichas de juegos de distintos tamaños y colores, algunas con valores impresos, Cartas españolas y de póker, Cuadernos y cuadernillos con anotaciones alfanuméricas y Teléfono celular.
Aquel día, por disposición de la Dra. Eugenia Molina, el propietario del lugar quedó detenido en la Alcaidía de la Jefatura Departamental Federal, acusado del delito de organización ilegal de juegos de azar en flagrancia.
EL AVANCE DE LA CAUSA:
Según la información recabada por FEDERAL AL DÍA, en la mañana del martes 2 de septiembre, a 10 meses de aquellos acontecimientos, se realizó una audiencia judicial en la que se habría acordado un juicio abreviado, y la determinación de una pena al imputado de ejecución condicional, condena que fue ratificada y comunicada este martes.
El texto de la sentencia N° 145 impuso a E.O.D. una pena de tres años de ejecución condicional, medidas y el decomiso de los elementos utilizados para cometer el delito.
Aunque legalmente existe un tiempo de 10 días hábiles para apelar la sentencia, se supone que quedará firme, puesto que se trata de una resolución tomada en un juicio abreviado en el que se cuenta con la anuencia del imputado.
CODIGO PENAL – QUE DICE EL ART. 301 BIS:
Será reprimido con prisión de tres (3) a seis (6) años el que explotare, administrare, operare o de cualquier manera organizare, por sí o a través de terceros, cualquier modalidad o sistema de captación de juegos de azar sin contar con la autorización pertinente emanada de la autoridad jurisdiccional competente.
QUE ES UNA CONDENA DE EJECUCIÓN CONDICIONAL:
Una condena de ejecución condicional, o “prisión en suspenso”, es una decisión judicial que permite suspender el cumplimiento efectivo de una pena de prisión. El juez deja la ejecución de la pena en suspenso, y la persona condenada puede permanecer en libertad bajo el cumplimiento de ciertas reglas de conducta impuestas. Si se cumplen las condiciones y no se cometen nuevos delitos dentro de un plazo determinado, la pena no se hace efectiva. Si se incumplen las reglas o se delinque nuevamente, el juez puede revocar el beneficio y la persona deberá cumplir la pena impuesta originalmente en forma efectiva, según lo establecido en el Código Penal Argentino.
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