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Provinciales

MULTAS MILLONARIAS POR “RESPONSABILIDAD EXTENDIDA” A LOS IMPLICADOS EN LAS “CLANDES”

Publicada: 06/07/2021 11:20 PM
un paso adelante en el tiempo
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El último fin de semana se desbarataron distintas fiestas clandestinas en la capital provincial. La Policía inclusive informó sobre la “reincidencia” en uno de los casos, donde el local donde en un lugar que fue clausurado se rompió la faja y se organizó un encuentro de baile y alcohol por fuera de la ley. Con la reciente ordenanza que establece severas sanciones, ahora se aguarda que concluya el procedimiento en la Dirección de Habilitaciones para que continúe el trámite en los juzgados de Faltas. “De mínima, si se encuentra un responsable, le cabe 270.000 pesos”, indicó una fuente oficial.

La Policía de Entre Ríos llevo adelante una serie de operativos el fin de semana pasado en donde en una vivienda se descubrió una multitudinaria clades, con más de 50 personas de la cuales algunas escaparon por los techos cuando llegaron los uniformados. Y a los organizadores, el dueño de lugar, los promotores, y hasta el que puso la música, les cabe una sanción económica, se dijo a esta Agencia desde los Juzgados de Faltas para explicar la vigencia de la ordenanza Nº 9.972, que establece sanciones con multas que oscilan entre los 270.000 y los 2.231.000 pesos a quienes realicen fiestas clandestinas o privadas durante la pandemia del Covid – 19 en la capital provincial.

La normativa fue sancionada por el Concejo Deliberante en la sesión ordinaria del 3 de junio pasado, y alcanza como infractores a “las personas de organizar, promocionar, realizar, prestar servicios y concurrir a fiestas privadas, clandestinas, bailes o cualquier tipo de espectáculos de características similares, que se realicen en locales no habilitados al efecto -ya sea al aire libre o en espacios cerrados- sin autorización municipal previa, que pongan en riesgo la salud pública y que se lleven a cabo en violación a las restricciones dispuestas por los poderes ejecutivo nacional, provincial o municipal, en lo que respecta a reunión de personas”.

De acuerdo a lo que trascendió, las actas de los procedimientos llevados adelante recientemente por la Policía fueron solicitadas por la Dirección General de Habilitaciones municipal, que es el organismo de aplicación competente. Una vez que se lleve adelante este proceso, se deriva a los juzgados de Faltas de la ciudad, donde se evaluarán las actuaciones donde se evalúan las imputaciones y los descargos de los apuntados como responsables. Y una vez llevado adelante este procedimiento, se procede a fijar la multa en caso de encontrarse responsables según prescribe la ordenanza vigente. La sanción, se explicó, puede ampliarse en cuanto la responsabilidad ampliada por la reincidencia o grado de participación, se indicó oficialmente. “A todos los que intervienen le cabe una multa si son responsables, y de mínima es 270.000 pesos y máxima de 2.231.000 pesos”, se precisó.

La aplicación de la responsabilidad extendida, se explicó, es una figura que también se utiliza en otras situaciones, como en el caso de obras civiles. (aim)

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