Para este miércoles 23 está prevista una reunión conjunta de las Comisiones de Salud Pública, Medio Ambiente Humano y Drogadicción; y Legislación General, que encabezan la senadora Nancy Miranda (Federal- Frente Justicialista) y la senadora Claudia Gieco (Diamante- Frente Justicialista), respectivamente.
En la oportunidad, avanzarán en el estudio del Expediente Nº13.699, que establece que en el territorio de la Provincia la obligatoriedad del cobro por parte de los establecimientos asistenciales dependientes del Ministerio de Salud de la Provincia – Efectores – de los servicios brindados a beneficiarios de otros subsistemas de salud, tales como obras sociales, mutuales, empresas de medicina prepagas, seguros de accidentes, Administradoras de Riesgos de Trabajo u otras similares – Entidades – dentro del límite de su cobertura y de la normativa vigente.
Además, analizarán el Expediente Nº 24.259 que tiene por objeto promover en todo el territorio provincial la donación voluntaria de sangre para la obtención de plasma de pacientes convalecientes recuperados de COVID-19; en el marco de la Emergencia Sanitaria establecida por el Decreto Nacional Nro. 260, Decreto Provincial Nro. 361 MS, en especial atención al “Plan Estratégico para regular el uso del Plasma de pacientes recuperados de COVID 19 con fines terapéuticos” del Ministerio de Salud de la Nación. Para esta oportunidad, fue invitado a participar de la reunión Germán Alberto Coronel, coordinador General del Ministerio de Salud.
En la reunión de la Comisión de Salud Pública, Medio Ambiente Humano y Drogadicción, que preside la senadora Nancy Miranda (Federal- Frente Justicialista) abordarán el Expediente Nº23.915, por el que se adhiere la provincia de Entre Ríos a la Ley Nacional Nº 27.231, por el cual se regula el fomento y administra el desarrollo sustentable de la acuicultura dentro del territorio de la República Argentina.
Asimismo, las y los legisladores avanzarán en el tratamiento del Expediente Nº21.237, del proyecto de ley por el que se establece el marco regulatorio de la carrera para el personal que realice actividades específicas de enfermería en las dependencias que funcionan en el ámbito del Ministerio de Salud, que cuenta con media sanción de la Honorable Cámara de Diputados. El presente régimen determina el vínculo laboral entre el Estado provincial y los trabajadores de enfermería regulando su ingreso, permanencia, promoción y egreso, estando su naturaleza comprendida dentro de las relaciones del empleo público provincial. La autoridad de aplicación es el Ministerio de Salud provincial. Deberá tener como objetivo primordial la eficiente prestación del servicio enfermería, el interés de los trabajadores, la reivindicación de los principios que rigen la profesión y su alto valor dentro del sistema de salud de la provincia de Entre Ríos. Crea la Dirección de Enfermería en el ámbito del Ministerio de Salud de la Provincia, se informó. (Prensa Vicegobernación)
















