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Concejo Deliberante

FEDERAL: CONCEJALES DE CAMBIEMOS LLEVARON AL HCD UN PROYECTO DEL EX CANDIDATO FABIO SCHONFELD

Publicada: 03/09/2020 10:47 AM
un paso adelante en el tiempo
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El radical, candidato de Cambiemos en 2019, había promovido en su campaña la necesidad de crear la Guardia Urbana en la ciudad. Si el proyecto llevado al recinto por los ediles de la oposición llegara a ser tratado, y luego aprobado, el municipio local debería sumar a sus erogaciones la creación de una especie de “policía municipal”, para la vigilancia y monitoreo de espacios públicos; recolectando, procesando, y generando información que contribuya a transparentar delitos en la ciudad. Aunque funciona en ciudades como Crespo, en Entre Ríos, hay quienes creen que no está contemplada dentro de las atribuciones dispuestas en la Constitución Provincial, como tampoco en la Ley Orgánica de Municipios. LEA EL TEXTO COMPLETO DEL PROYECTO DE ORDENANZA.

Según se expresa en el texto del proyecto presentado por los ediles del Pro-Radicalismo, para el funcionamiento de esta “policía municipal” se deberá crear la secretaría de Seguridad Ciudadana, asegurarse las inversiones que sean requeridas en materia de sistemas de vigilancia y monitoreo ciudadano, y asignársele recursos presupuestarios; siendo condición para ingresar a la fuerza de seguridad ciudadana, o “policía municipal”, poseer cursos de capacitaciones en academias de seguridad.

Ante el conocimiento del proyecto presentado por los ediles del macrismo de Federal, ya se oyeron voces que aseguran que la creación de este tipo de “policía” no está contemplada dentro de las atribuciones dispuestas en la Constitución Provincial (Art. 240 y 242), como tampoco en la Ley Orgánica de Municipios (Nº10027).

TEXTO COMPLETO DEL PROYECTO DE ORDENANZA
Visto:
La necesidad de contar con una herramienta local en materia de seguridad pública; y considerando:
Que los problemas relacionados con la seguridad ciudadana constituyen una de las principales preocupaciones de la sociedad, incidiendo en las relaciones sociales que la configuran y consecuentemente impactan en forma directa y negativa en la calidad de vida de las personas.
Que toda sociedad aspira a preservarse pretendiendo la satisfacción de las necesidades comunes en el marco de la convivencia en armonía.
Que es responsabilidad de los gobiernos analizar y comprender las causas y efectos y plantear estrategias adecuadas de intervención en cada contexto.
Que la prevención de la violencia y el delito requieren de un abordaje integral que contemple la complejidad de factores que intervienen en las distintas situaciones teniendo especialmente en cuenta las realidades locales.
Que se hace necesario poner en marcha un plan de acción en la materia con el objetivo de reducir los delitos callejeros y la sensación de inseguridad asociada a ellos y de promover la articulación entre los actores gubernamentales y la participación activa de la ciudadanía y las organizaciones de la sociedad civil.
Que es necesario generar espacios de articulación a nivel municipal para analizar y evaluar los problemas socios comunitarios relacionados a la prevención del delito y la violencia, asegurando la representación de los distintos organismos y el involucramiento del conjunto de instituciones de la sociedad, para consolidar un trabajo articulado como estrategia complementaria de intervención.
Que es necesario que la seguridad ciudadana, sea compartida, no sólo entre entidades del Estado, sino también de la propia sociedad civil que se ve perjudicada directamente por la actual situación de inseguridad ciudadana.
Que la seguridad es una inversión y no un gasto, invertir en medios tecnológicos como las cámaras de video vigilancia e instalaras en los establecimientos comerciales, sistema de transporte, avenidas de alta circulación, paraderos, colegios, entre otros, ayudan a lograr una cultura preventiva pudiendo dar buenos resultados con un equipo coordinado e integrado de monitoreo y seguimiento los cuales podrán ser de gran ayuda para la prevención o detección de diversos delitos o faltas que ocurren en el día a día.
Que el presente proyecto trae la iniciativa motivo por el cual lo sometemos a todo tipo de crítica sobre el desfase normativo o situacional, el cual sigue siendo el mismo.
Que es necesario unir esfuerzos con las fuerzas policiales de Entre Ríos para minimizar delitos que suceden actualmente en nuestra ciudad.
Que la seguridad urbana está íntimamente relacionada con los derechos humanos.
Que la seguridad es un “bien común” y como tal implica que la responsabilidad colectiva de su definición sea de todos los ciudadanos.
Que el organismo de seguridad urbana podrían complementar la preservación de los ciudadanos en eventos organizados por el municipio.
Que en estos tiempos de construcción de una sociedad que contenga a todos, es legítima la creación de un espacio donde, desde distintas ópticas, se puede poner en práctica planes de acción preventiva por parte de la sociedad civil y del gobierno municipal y cooperar a la tarea de las fuerzas de seguridad, especialmente de la Policía de la Provincia de Entre Ríos, colaborando en la obtención de medios de movilidad y eventualmente en la incorporación de personal idóneo a fin de lograr el efecto deseado y el control de la situación respetando las libertades individuales previstas en la Constitución Provincial y Nacional.
Con los fundamentos expuestos, el Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Federal, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente Ordenanza:
Art. 1°. Crease en el ámbito de la jurisdicción de la Municipalidad de Federal, la secretaria de seguridad urbana.
Art. 2°. La secretaria tendrá las siguientes funciones:
a) Promover la formulación de políticas públicas relativas a la seguridad ciudadana.
b) Asesorar al Departamento Ejecutivo, en la elaboración de un plan estratégico donde se sectorice por barrios y parajes rurales, en sus distintos tipos, a fin de contar con una estadística que permita trazar una estrategia en la prevención del delito.
c) Vigilancia y monitoreo de espacios públicos. Es decir, recolectar, procesar, y generar información, que contribuya a transparentar delitos en la ciudad.
d) Promover la implementación de redes u otros mecanismos de prevención que fomenten la participación ciudadana a través de distintas aplicaciones digitales.
f) Crear comisiones de trabajo, permanentes o especiales, para preservar la integridad de las personas que asistan a los distintos eventos.
g) Recorridos en vehículos para garantizar el orden público y la seguridad del ciudadano.
h) Planificar trabajos de acompañamiento a las fuerzas de seguridad de la Provincia de Entre Ríos.
Art. 3°. La secretaria de Seguridad Ciudadana se integrará con:
a) Un (1) representante que designe el Poder Ejecutivo Municipal, y que desarrollará la función de coordinación.
b) Un (1) representante por cada una de las áreas municipales.
c) Un (1) concejal por cada Bloque.
g) Todos aquellos invitados especiales, personas físicas o jurídicas, que la secretaria pudiere considerar oportunamente, ante la necesidad de disponer de aportes específicos.
Art. 5°. La secretaria de Seguridad Ciudadana deberá reunirse una vez por mes, como mínimo, y tendrá la atribución de organizar Mesas de Trabajo.
Art. 6°. Para la puesta en marcha de la presente ordenanza y, con el propósito de asegurar las inversiones que sean requeridas en materia de sistemas de vigilancia y monitoreo ciudadano, deberá asignarse un cálculo de gastos anual específico dentro del presupuesto municipal.
Art.7. El requisito fundamental para ingresar la fuerza de seguridad ciudadana será poseer cursos de capacitaciones en academias de seguridad.
ART. 7°. Comuníquese.
(Federal al Día)

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