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Provinciales

LAS DISTANCIAS DEL NUEVO DECRETO DE BORDET

Publicada: 01/08/2019 11:28 PM
un paso adelante en el tiempo
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El gobernador firmó una nueva normativa para regular las fumigaciones, tras la anulación judicial de su anterior decreto. Prohíbe aplicaciones cercanas a escuelas por 100, 500 y hasta 3.000 metros según la toxicidad del producto. Detalles.

El gobernador de la provincia Gustavo Bordet finalmente firmó el esperado decreto de regulación de fumigaciones en los campos cercanos a escuelas rurales. Habrá zonas de exclusión y áreas de restricción de acuerdo al grado de toxicidad de los productos empleados y “unidades centinelas”.

La nueva normativa apunta a superar el estado de situación provocado por el fallo judicial que prohibió las fumigaciones a menos de un kilómetro por tierra y tres por aire de las escuelas rurales, restricción reclamada por sectores ambientalistas y docentes pero férreamente rechazada por entidades de productores rurales.

Asimismo, debería saldar el cuestionamiento judicial al anterior decreto del gobernador, que estableció la reducción de esas distancias a 100 metros por tierra y 500 por aire, y que fue declarado inconstitucional en marzo por pasar por alto la “cosa juzgada”, es decir la validación de la Justicia a las distancias demandadas en el amparo ecologista y docente.

Ahora el gobierno entrerriano estableció áreas de restricción donde se prohíben las aplicaciones terrestres de productos clase Ia, Ib y II (de alta toxicidad) entre los 100 y 500 metros y sólo se podrán aplicar los de clase III y IV (menos tóxicos), de acuerdo a la nomenclatura del SENASA (Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria).

En cuanto a las aplicaciones aéreas, en estas áreas de restricción se prohíben las aplicaciones de agroquímicos de esas clases más tóxicas dentro de los 3.000 metros contados desde los 500. A partir de ese límite quedarán habilitados los de las clases de menor toxicidad.

Según el decreto, en las zonas de exclusión no se podrán realizar aplicaciones en las áreas comprendidas en un radio de 100 metros para fumigaciones terrestres y 500 para aéreas desde el caso de la escuela.

Otras disposiciones

El decreto 2239/19 instruye además al Consejo de Educación a elaborar un “mapa georeferenciado” de las escuelas rurales; a la Secretaria de la Producción a aplicar un sistema de monitoreo remoto, a reempadronar todos los equipos de aplicación en uso en Entre Ríos y a celebrar convenios de capacitación con el INTA (Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria) y las universidades; y al Ministerio de Salud a realizar un “programa de seguimiento de la salud de agricultores y comunidades rurales”. También deberán constituirse “cortinas forestales” en cada una de las escuelas para separarlas del área sembrada y fumigada.

En tanto, las “unidades centinelas” deberán controlar la aplicación de plaguicidas en cercanías de escuelas rurales y agrotécnicas. Además, se prohibió el uso de máquinas pulverizadoras no registradas e instruyó. También deberán fiscalizar que la aplicación se realice a contra turno, es decir sin actividad escolar en ese momento.

Articulación con Salud y Academia

“El reglamento implica un sistema de control para impedir contacto entre el producto que se aplica y la persona humana, sea un maestro, alumno, un trabajador rural, sea quien sea en el ámbito de las escuelas rurales”, definió el fiscal de Estado, Julio Rodríguez Signes.

Rodríguez Signes destacó que para llegar al decreto se hizo un trabajo de investigación y de consulta a organismos del estado nacional y provincial, fundamentalmente de salud pública y el INTA, que colaboró mucho en la elaboración del documento.

El funcionario explicó por otro lado que a partir del 2020 deberá implementarse un sistema de transmisión de datos online de cada máquina aplicadora a la Secretaría de la Producción, para que en tiempo real se esté controlando “el tipo de producto que se está aplicando, el cultivo, la zona, las producciones que hay alrededor, y las condiciones metereológicas”.

“Si se produce alguna irregularidad o se viola la norma, la Policía tiene instrucciones de secuestrar e impedir el traslado incluso de cualquier máquina que no esté reglamentada”, advirtió el fiscal de Estado. “Una aplicación que se está realizando irregularmente conforma una falta administrativa y un delito: la policía tiene que actuar de oficio”, afirmó. (inormedigital)

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