La justicia hizo lugar al pedido de amparo presentado por la organización Basta es basta, que establece medidas de protección y resguardo contra las el esparcimiento de agrotóxicos en todas las zonas de escuelas rurales. El fallo contempla un radio en cada escuela de tres mil metros de restricción para las fumigaciones aéreas y mil para terrestres. “Creemos que es un logro muy importante. Este sistema no tiene otra alternativa que reconocer que nos está envenenando”, destacó a AIM Mariela Leiva, una de las docentes víctimas de la fumigación e impulsora de la campaña Paren de fumigar.
La resolución, emitida por el vocal de la Sala II de la Cámara Civil y Comercial de Paraná, doctor Oscar Daniel Benedetto, fue dado a conocer hace instantes por la ciudadanía. El texto dio lugar al reclamo que se le hizo tanto a la Provincia como al Consejo General de Educación (CGE) “de determinar la fijación de una franja terrestre de 1.000 metros alrededor de las escuelas rurales, libre de uso de agrotóxicos. Y una zona de resguardo consistente en una barrera vegetal, cuyo objetivo sería impedir y/o disminuir el egreso descontrolado de agroquímicos hacia los centros educativos.”.
“Además, las fumigaciones, a partir de la aplicación de esta normativa, deberán realizarse a contraturno”, explicó Leiva, quien además, celebró el resultado del fallo: “Para nosotros es un logro, para que se tomen medidas de protección y los defensores de este modelo reconozcan que nos están envenenando”.
El expediente 10.711, se tituló “Foro Ecologista de Paraná y otra C/ Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos y otro S/ Acción de Amparo”. Entre los puntos principales se exhortó al gobierno a: “Determinar la fijación de una franja de 1.000 metros libres del uso de agrotóxicos alrededor de las escuelas rurales, y una zona de resguardo consistente en una barrera vegetal, cuyo objetivo sería impedir y disminuir el egreso descontrolado de agroquímicos hacia los centros educativos”.
También, a prohibir “la fumigación aérea en un radio no menor a los 3.000 metros, de conformidad a lo ordenado por el decreto reglamentario de la Ley de Plaguicidas para el radio de las plantas urbanas.
Asimismo, insta a ordenar “el establecimiento de un sistema de vigilancia epidemiológica sobre los niños, niñas y adolescentes y personal docente y no docente que asistan a las escuelas rurales, mediante análisis de sangre, orina y genéticos de los menores”.
Y finalmente, ordenar, a través de la Dirección de Hidráulica de la Provincia, “el análisis sobre el agua de lluvia y agua utilizada para el consumo de los alumnos, que comprenda un estudio físico químico y se investigue la presencia de los siguientes agrotóxicos: órganos clorados y fosforados, carbomatos y piretroides.
Qué es lo que los fumigadores no podrán hacer más
El fallo de Benedetto prohíbe las futuras fumigaciones terrestres con agrotóxicos en un radio de 1.000 metros alrededor de cada las escuelas rurales de la provincia de Entre Ríos, y la fumigación aérea a 3.000 mts de radio de todas las instituciones educativas.
Asimismo, el Estado provincial efectuaría, de acuerdo al fallo” “los estudios que permitan delinear pautas objetivas en torno al uso racional de químicos y agroquímicos, poniendo el acento precisamente en la prevención de los daños; y a realizar una correcta evaluación que permita determinar el estado de situación actual de contaminación, como paso imprescindible para identificar las medidas que deben adoptarse, su idoneidad y los espacios que deben mejorarse”.
La medida judicial también condenó al Estado provincial y CGE a “que en el plazo de dos años contados (…) procedan a implantar barreras vegetales a una distancia de ciento cincuenta metros (150 mts.) de todas las escuelas rurales de la Provincia”
Finalmente, se suspendieron las las aplicaciones de productos fitosanitarios en las áreas sembradas lindantes a las escuelas rurales, en horario de clases, “debiendo efectuarse las aplicaciones en horarios de contra turno y/o fines de semana, a modo de asegurar la ausencia de los alumnos y personal docente y no docente en los establecimientos durante las fumigaciones”.
Un año de trabajo, y más
A partir de los distintos hechos acontecidos en la provincia, los autores del proyecto tuvieron un año trabajando nucleados en un movimiento llamado Basta es basta. “Es un movimiento formado por un montón de campañas ambientales como el Foro Ecologista de Paraná, la campaña Paren de fumigar las escuelas, y muchísimas organizaciones ambientales que aportan su grano de arena”, explicó Leiva. “Este jueves tenemos una reunión por el protocolo de actuación, o sea de un modo de actuar si la ley no se cumple”, agregó.
La docente también dijo que resta ver “el curso de este proceso, como sigue el tema de las apelaciones por parte de quienes defienden y practican este modelo de producción”, dijo.
Resultado positivo
Por otra parte, desde la Coordinadora por una vida sin agrotóxicos en Entre Ríos ¡Basta es basta! Celebraron en un comunicado el fallo de la justicia en defensa de las escuelas rurales de la provincia “que representa un avance por la vida de les niñes y la comunidad educativa entrerriana en general”.
De esta forma, felicitaron a los abogados que trabajaron en el caso, quienes elaboraron y presentaron dicho amparo, a nuestres compañeres de la Campaña Paren de Fumigar las Escuelas quienes han persistido en la lucha por la vida y la salud de sus alumnes y comunidad educativa”.
“Con bases en esta resolución también instamos al Poder Legislativo entrerriano a declarar la Emergencia Sanitaria y Ambiental en nuestra provincia así como avanzar en el fomento real a la Agroecología para avanzar en un cambio positivo de la matriz productiva provincial, tal como venimos solicitando desde Noviembre del 2017 en nuestro petitorio basal”, agregaron.
Finalmente, destacaron al recurso de la movilización, como “camino para visibilizar, fortalecer y conseguir los avances. Estamos llevando esta lucha en colectivo, alentamos y nos alentamos a seguir fortaleciéndonos en todos los lugares, para conseguir una vida sin agrotóxicos y con soberanía alimentaria”.