“PaPanam” CUMPLE DESDE ESTE JUEVES CON LOS TRES AÑOS DE PRISIÓN POR TENENCIA, COMERCIALIZACIÓN DE ESTUPEFACIENTES, Y OTROS
El sentenciado tenía pedido de captura, puesto que debió presentarse en la UP8 a cumplir con la pena en la jornada del miércoles; pero esta quedó sin efecto luego de que el federalense “PaPanam”, de apellido Miño, lo hiciera este jueves. LEA DETALLES DE LA SENTENCIA.
De acuerdo a la información a la que accedió FEDERAL AL DÍA, el ciudadano Miño, más conocido como “PaPanam”, comenzó este jueves a cumplir con la condena de tras años de prisión efectiva por Tenencia de Estupefacientes con Fines de Comercialización Y Otros; luego de que se ordenara su detención, por habérselo considerado prófugo por no haberse presentado el miércoles, como lo había dispuesto el tribunal interviniente.
Miño, alias «PaPanam», de 31 años de edad, ingresó este jueves a la Unidad Penal N 8 de la ciudad de Federal, quedando alojado allí a disposición del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Concordia.
LA SENTENCIA:
Durante la audiencia prevista en el art. 481 del CPP intervinieron los Fiscales, Dra. Eugenia E. Molina y el Dr.
Mauricio J. Guerrero, el imputado Miño, y su Defensor Técnico, Juan Pablo Passarella.
Se acredito que “Que Miño ha colaborando con J. A. R. y G. A. R., quienes tenían estupefacientes en su poder con el fin de comercializarlos, que Miño colaboraba con estos en el fraccionamiento y manipulación de los
estupefacientes -específicamente clorhidrato de cocaína y marihuana- actividad que desplegaban desde principios del año 2018 hasta el mes de junio de 2018 en domicilio ubicado en calle Francisco Ramirez 1470 de la
ciudad de Federal lugar donde luego vendía el narcótico.”.-
Otro hecho fue «Que el día 24 de abril de 2019, a las 11:00 hs aproximadamente, Miño ingresó al autoservicio Ecofull, sito en la intersección de la Avenida Diamante y la calle Gral. Medina de la ciudad de Concordia, y utilizando un arma de fuego, le sustrajo una notebook, un celular y ochocientos pesos en efectivo a G. G. R., luego de ello se dio a la fuga a bordo de una motocicleta de color azul que iba siendo conducida por una persona aún
desconocida”.-
Que estos hechos, se calificaron como Tenencia de Estupefacientes con Fines de Comercialización en grado de
Participación Secundaria; y Robo Agravado por el uso de arma de Fuego cuya aptitud para el disparo no pudo ser
acreditada atribuible en grado de Autor, todo en Concurso Real.
OTROS HECHOS QUE ESTUVIERON EN EL DEBATE:
“Que en fecha 14/02/2020 Miño se presentó en el local comercial «TECNOCELL» de propiedad del señor SANTA
CRUZ, ubicado en calle Belgrano 975 de esta ciudad de Federal, siendo aproximadamente la hora 18:00 el imputado le pidió a su víctima que le muestre un teléfono con WhhatsApp, que ante ello Santa Cruz le mostró un teléfono marca ALCATEL POR C3 libre de fábrica, que Miño lo tomó y se dio a la fuga apoderándose del aparato siendo aprehendido por personal policial cuando estaba sentado en la vereda de calle Ramirez con el teléfono celular en
sus manos”.-
“Que en fecha 14/02/2020 en momentos en que Cardozo dejó estacionada su pick up m arca Toyota Modelo Hilux
en la vereda del autoservicio Tia Ana, comercio ubicado en calle Presidente Peron y Rocamora, Miño sin autorización ni permiso abrió la puerta del vehículo y sacó del interior el teléfono celular de Cardozo marca SAMSUNG S8 de color negro y el dinero de la recaudación que estaba sobre el asiento del vehículo, que de inmediato ingresó al domicilio de Cristo, ubicado en calle Presidente Peron, que allí Cardozo logra recuperar su teléfono celular y dinero, que le fue restituido por Cristo mientras Miño permanecía oculto en el interior de la vivienda de Cristo.- Que con el acercamiento y contacto con Cristo el imputado dolosamente violó la orden judicial que le impedía el acercamiento y contacto con Cristo por 30 días, medida impuesta en fecha 14/02/2020 en el legajo 8905”.-
“Que en fecha 12/02/2020, siendo aproximadam ente la hora 12:00 en momentos en que Hernandez junto a
Insaurralde vendía verduras en el camión de estos y se quedaron sin combustible Miño junto a Cristo que circulaban en un vehículo marca Volkswagen, Modelo Polo, chocado, se ofrecieron a llevar a Insaurralde a la Estación de Servicios AXION, que antes de llegar Insarralde se bajo en el quiosco Fitilanda y en ese momento Miño y su cómplice aprovecharon para marcharse en el auto apoderándose de las pertenencias de este, en especial de la suma de pesos un mil setecientos que este llevaba para el combustible”.- Tale conductas, fueron calificadas por Fiscalía de la ciudad de Federal, como «HURTO SIMPLE EN FLAGRANCIA, HURTO SIMPLE EN GRADO DE TENTATIVA EN FLAGRANCIA Y DESOBEDIENCIA A LA ORDEN JUDICIAL EN CONCURSO IDEAL Y HURTO Y SIMPLE, TODO EN CONCURSO REAL»
en calidad de AUTOR MATERIAL.
El Juez resolvió DECLARAR a Miño como AUTOR MATERIAL y PENALMENTE RESPONSABLE de los delitos de TENENCIA DE ESTUPEFACIENTES CON FINES DE COMERCIALIZACIÓN -en grado de PARTICIPACIÓN SECUNDARIA- , y ROBO AGRAVADO POR EL USO DE ARMA DE FUEGO CUYA APTITUD PARA EL DISPARO NO PUDO SER ACREDITADA – y CONDENARLO a la pena única de TRES (3) AÑOS DE PRISIÓN EFECTIVA.
DECLARAR la PRESCRIPCIÓN de la acción penal y en consecuencia SOBRESEER a MIÑO, alias “Panam”, en relación a los delitos de «HURTO SIMPLE ENFLAGRANCIA, HURTO SIMPLE EN GRADO DE TENTATIVA ENFLAGRANCIA Y DESOBEDIENCIA A LA ORDEN JUDICIAL EN CONCURSOIDEAL Y HURTO Y SIMPLE, TODO EN CONCURSO REAL».
DISPONER, una vez que la presente adquiera firmeza, la inmediata detención de MIÑO y posterior
alojamiento en la Unidad Penal que el Servicio Penitenciario Provincial disponga según disponibilidad; librándose las comunicaciones de estilo.
(Federal al Día)