Aumentó el tope de devolución, que antes era $ 4.056. Se extendió el beneficio para jubilados y pensionados: antes comprendía a quienes cobraban el mínimo, ahora el reintegro lo percibirán los que perciban hasta tres haberes mínimos.
El Gobierno amplió el monto máximo de reintegro del 15% para las compras realizadas con tarjeta de débito: pasó de $ 4.056 a $ 18.000 para los jubilados y pensionados.
Asimismo, se extendió el alcance porque mientras antes comprendía a los que cobraban un haber mínimo, ahora el reintegro lo percibirán los que cobren hasta 3 haberes mínimos, es decir hasta $ 262.377 ($ 87.459 x 3), según informaron en la AFIP y ANSeS. El haber mínimo no incluye el bono de $ 37.000. Se estima que son más de 6,3 millones de personas.
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A su vez, para los titulares de la AUH con dos o más hijos el monto del reintegro se duplica (hasta $ $ 8.114)
AFIP: el nuevo régimen de r… by Elonce
Los reintegros se acreditan en forma automática cuando los beneficiarios realizan compras en comercios con la tarjeta de débito asociada a la cuenta en la cual perciben sus prestaciones. El reintegro también está previsto para las operaciones abonadas con esas tarjetas bajo la modalidad de pago electrónico inmediato (PEI) o códigos de respuesta rápida (QR).
El régimen de reintegro abarca aquellos productos que se comercialicen en negocios dedicados a la venta al por menor y mayor como mini, súper e hipermercados, sumado a los que realicen venta de productos alimenticios únicamente, que se encuentren inscriptos ante la AFIP. También están alcanzados los kioscos, siempre y cuando el beneficiario abone con tarjeta de débito.
El reintegro se efectuará automáticamente en la cuenta bancaria que percibe el beneficio, dependiendo del horario en que se realizó la compra:
Para las compras que se realicen hasta las 17 horas, la acreditación se hará efectiva dentro de las 24 horas hábiles de efectuada la operación.
Para las compras hechas luego de las 17, el reintegro se realizará dentro de las 48 horas hábiles de efectuada la operación.
El reintegro también comprende a los beneficiarios de una pensión no contributiva nacional y asignación universal por embarazo (AUE). Y los adheridos al Régimen de Trabajador Promovido, monotributo social o al especial para pequeños productores agrarios de tabaco, caña de azúcar, yerba mate y té que se encuentren encuadrados en la categoría A. En el caso de los programas sociales, el reintegro es de $ 4.056 y llega a $8.114 en el caso de quienes “perciban dos o más asignaciones universales por hijo y/o por embarazo, para protección social.”.