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PROPONEN LICENCIAS EXTRAORDINARIAS PARA POLICÍAS

Ingresó en la Cámara de Diputados un proyecto de Ley que busca establecer un régimen de licencias extraordinarias en la Policía de Entre Ríos (PER), especialmente en lo que refiere a licencia por tratamientos de reproducción humana médicamente asistida. Además, se pretende aumentar los días de licencia por nacimiento para agentes no gestantes y extender el período de lactancia.

La iniciativa fue presentada por la diputada Mariana Farfán, quien argumentó que el Reglamento de la Policía fue sancionado en 1975, por lo que “por el tiempo transcurrido requiere necesariamente de una revisión que equipare los derechos parentales sin distinción de género”.

En ese sentido, explicó que “resulta de vital importancia avanzar en lo que respecta al régimen de licencias en el ámbito de la PER para tutelar los derechos de las mujeres y personas gestantes, como así también ampliar los días de licencia para agentes no gestantes, en salvaguarda de los derechos humanos fundamentales de las y los agentes”.

Frente a las grandes transformaciones sociales, “el derecho debe ir modernizándose para adaptarse a la realidad. En ese sentido, es nuestro deber como legisladores y legisladoras, el de dar respuestas a las demandas de estos tiempos e impulsar los cambios necesarios para generar condiciones de mayor igualdad y una legislación moderna y eficiente”, remarcó la diputada en los fundamentos del proyecto al que accedió esta Agencia.

La modificación propuesta “consiste en ampliar las licencias especiales contempladas en el Reglamento General de la PER e introducir una licencia de hasta treinta días por año calendario para agentes que se sometan a tratamientos, los que podrán gozarse en forma continua o discontinua, con goce íntegro de los haberes”, explicó, y aclaró que la licencia “alcanza a mujeres y personas gestantes que pertenezcan a la fuerza de seguridad entrerriana”.

En lo que respecta a la licencia por nacimiento, se incorporará una licencia por nacimiento para agentes no gestantes de 60 días corridos desde el nacimiento. “Esta licencia tendrá el carácter de obligatoria y el agente no podrá realizar tareas adicionales ni otra prestación de servicios para la fuerza durante ese período”, indicó la legisladora, quien recordó que en la actualidad los agentes no gestantes de la PER gozan de una licencia de dos días hábiles, a contar a partir del primer día hábil posterior al nacimiento lo que, “a todas luces, es prácticamente inexistente y absolutamente insuficiente”.

“De este modo salvaguardamos el interés superior de la persona recién nacida que indudablemente necesita del contacto, contención y cuidado de ambos progenitores, más aun teniendo en cuenta la importancia que tiene para el desarrollo en la primera infancia”, aseveró Farfán. (aim)

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