El edil radical ha debido explicar sobre la cuestión en forma repetida. En esta oportunidad hizo una publicación en su red social con el título “Las cosas como son”. En un video que circula por estos días en redes sociales se ha profundizado las discrepancias con respecto a la situación, puesto que en el mismo se escucha a la presidenta municipal Oviedo asegurar que el edil trabaja “gratuitamente como secretario privado, trabaja ad honorem”, aunque también se la oye expresar “Guille Luna recibe una gratificación que va desde mi sueldo como Intendenta”. LEA QUE PUBLICÓ EL CONCEJAL RADICAL GUILLERMO LUNA ANDROSIUK.
Las cosas como son.
• A los vecinos de Federal quiero hablarles con claridad. Ya expliqué este tema, pero vuelvo a hacerlo porque ustedes merecen una explicación de primera mano.
• Del Municipio cobro un solo sueldo y es el de concejal. Además, realizo trámites y gestiones con Alicia Oviedo y, en algunas actividades en las que la acompaño, preparo información para sus redes sociales. Por esas tareas ella me paga de su bolsillo y cubre los gastos con dinero personal. Es una actividad que realizaba desde un año antes de asumir como concejal.
• Antes de asumir, me asesoré sobre el régimen de incompatibilidades, consulté con legisladores y revisé la Ley Orgánica de Municipios y la Constitución Provincial.
• No tuve ni tengo una designación como secretario privado ni cobro un segundo sueldo municipal.
• Muchos de los trámites que gestiono con Alicia surgen de pedidos que los vecinos acercan a los concejales. Mi cercanía me permite llevar esos reclamos y hacerles seguimiento. Todos los concejales de mi bloque acompañamos, opinamos y aportamos sin descanso.
• En las actividades oficiales, como las visitas al gobernador y las reuniones protocolares, participo por invitación del Departamento Ejecutivo, que define quiénes integran su comitiva. Mi participación en esas actividades siempre ha sido y será en mi rol de concejal.
• Estoy todos los días en la Municipalidad y nunca lo negué. Como concejal, hago seguimiento de las obras, consulto al área de Obras Públicas y procuro que las respuestas a los vecinos lleguen lo más rápido posible. Controlar también es parte de mi responsabilidad.
• Otros concejales también han sido invitados a conocer el funcionamiento de las áreas y recorrer las obras. Preguntar, recorrer y controlar es una tarea que TODOS podemos realizar.
• Siempre estuve cerca de los trabajadores municipales y muchos me han confiado situaciones laborales y personales que, con respeto y discreción, acerqué al Ejecutivo para buscar respuestas y solucionarlas.
• El pueblo de Federal me paga únicamente por mi tarea como concejal y mi COMPROMISO con FEDERAL está blindado hasta el 10 de diciembre de 2027. Voy a seguir cumpliendo esa responsabilidad con presencia y trabajo.
• Gracias a quienes me escribieron y me hicieron llegar su apoyo. Voy a seguir trabajando y muy pronto habrá muy buenas novedades para nuestra ciudad.
QUE SE ENCUENTRA AL RESPECTO EN LA BÚSQUEDA EN LA IA: LAS DOS RESPUESTAS
• PUEDE UN CONCEJAL RECIBIR DOS PAGOS EN UN MISMO MUNICIPIO EN ENTRE RIOS:
Sí, bajo la legislación vigente en Entre Ríos, un concejal puede percibir legalmente dos pagos provenientes del Estado en simultáneo (su dieta como concejal y su sueldo previo de la administración pública), siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos muy específicos.
Esta posibilidad se rige bajo las siguientes normativas y condiciones:
El Marco Legal de Compatibilidad
Originalmente, el artículo 40 de la Constitución de Entre Ríos prohíbe explícitamente acumular más de un empleo público remunerado. Sin embargo, la Ley Provincial N° 10.755 (que modificó la Ley de Incompatibilidades N° 7.413) y la actualización de la Ley de Municipios N° 10.027 abrieron la excepción para los cargos deliberativos (concejales).
Requisitos obligatorios para cobrar ambos pagos:
Para que un concejal reciba válidamente su dieta legislativa y otro haber dentro de la misma órbita estatal o municipal, deben darse estas dos condiciones:
1. Antigüedad del empleo: El cargo o empleo que genera el segundo sueldo debe ser anterior a la asunción del concejal en su banca electiva. No es legal asumir como concejal y luego ser designado en un nuevo cargo remunerado dentro del mismo municipio.
2. Compatibilidad horaria estricta: No debe existir superposición en los horarios de las funciones. El concejal debe poder cumplir plenamente con sus obligaciones en las sesiones y comisiones del Concejo Deliberante sin descuidar ni superponer las horas de su otra función laboral.
¿Qué pasa si no hay compatibilidad horaria?
En los casos donde las tareas coincidan en el mismo rango horario, el funcionario no podrá cobrar ambos sueldos en simultáneo. Ante este escenario, la ley lo obliga a optar por una de las dos remuneraciones, solicitando habitualmente una licencia sin goce de haberes en su empleo técnico o administrativo previo mientras dure su mandato político.
• PUEDE UN CONCEJAL RECIBIR UN PAGO EXTRA DEL BOLSILLO DE LA PREDIDENTE MUNICIPAL:
No, bajo ninguna circunstancia legal un concejal puede recibir un pago extra del bolsillo de la Presidente Municipal. De ocurrir, este hecho constituiría una grave irregularidad administrativa y un delito contra la administración pública.
A continuación se detallan los fundamentos legales en la Provincia de Entre Ríos:
1. Fijación exclusiva por Ordenanza
De acuerdo con la Ley Orgánica de los Municipios de Entre Ríos Nº 10.027, las remuneraciones (dietas) de los concejales se establecen de manera formal e institucional mediante el Presupuesto Municipal aprobado por ordenanza del propio Concejo Deliberante. No existe figura legal que permita pagos discrecionales fuera de la estructura contable oficial del municipio.
2. Violación a la división de poderes y conflicto de intereses
El Concejo Deliberante tiene la función primordial de controlar los actos del Departamento Ejecutivo (encabezado por la Presidente Municipal). Si un edil acepta dinero en carácter privado o “extra” por parte de la máxima autoridad a la que debe fiscalizar, se rompe la independencia de poderes, incurriendo en un flagrante conflicto de intereses.
3. Consecuencias penales y administrativas
La entrega y recepción de dinero “de bolsillo” entre funcionarios públicos para influir en sus funciones, o como un sobresueldo informal, encuadra directamente en delitos tipificados en el Código Penal Argentino, tales como:
• Cohecho (coima): Tanto para quien ofrece o da el dinero (la Presidente Municipal) como para quien lo recibe (el concejal).
• Malversación de caudales públicos o Enriquecimiento ilícito: Dependiendo del origen real de esos fondos.
• Incumplimiento de los deberes de funcionario público.
Cualquier pago extra que un concejal deba percibir legalmente (por ejemplo, adicionales aprobados por normativas específicas o actualizaciones salariales) debe figurar de manera obligatoria en su recibo de sueldo oficial emitido por la administración del municipio. Todo flujo económico paralelo por fuera del tesoro municipal es completamente ilegal.















