Al utilizar este sitio, usted acepta los términos y condiciones política de privacidad and terminos de uso.
Acepto
Federal Al DíaFederal Al DíaFederal Al Día
  • 👉Categorías
    • 🏠Locales
    • 🏘️Provinciales
    • 🇦🇷 Nacionales
    • 👮Policiales
    • 🚜Municipales
  • 🧰Servicios
    • ⚕️Farmacias de turno
    • 🪦Necrológicas
    • 🗳️ Encuestas
    • ☎️ Telefonos Útiles
    • 🗃️Archivos de Noticias
    • 🗺️ Mapa de Federal
  • 📻Radio en vivo!
Notificaciones Mostrar más
TamañoAa
Federal Al DíaFederal Al Día
TamañoAa
Search
  • 👉Categorías
    • 🏠Locales
    • 🏘️Provinciales
    • 🇦🇷 Nacionales
    • 👮Policiales
    • 🚜Municipales
  • 🧰Servicios
    • ⚕️Farmacias de turno
    • 🪦Necrológicas
    • 🗳️ Encuestas
    • ☎️ Telefonos Útiles
    • 🗃️Archivos de Noticias
    • 🗺️ Mapa de Federal
  • 📻Radio en vivo!
Follow US
Departamentales

LA ADMINISTRACIÓN ALDERETE ARGUMENTÓ QUE EL DECRETO 091 TIENE SIMILITUDES A ALGUNOS DICTADOS POR LA MUNICIPAL DE PARANÁ

Publicada: 11/10/2026 11:32 PM
un paso adelante en el tiempo
Compartir
Compartir

En septiembre el gobierno municipal de Sauce de Luna, que encabeza #AlcidesAlderete, había emitido el Decreto 091/2026, que provocó cuestionamientos de la oposición en el Concejo Deliberante; y con el que se amplió el Cálculo de Recursos vigente para el Ejercicio 2026, correspondiente al Presupuesto General del Ejercicio 2025 reconducido, en la suma de $971.969.209,92. LEA EL TEXTO COMPLETO DEL DECRETO.

En el Decreto que se menciona, el presidente municipal de #SauceDeLuna destaca que, como antecedente de situaciones similares dadas en otro gobierno local en el que se trabajó durante un ejercicio con un presupuesto reconducido, se citan los Decretos N° 01/2020 de reconducción presupuestaria y N° 531/2020 de adecuación del Presupuesto, ambos dictados por la Municipalidad de Paraná.

Recordemos que tras la firma del Presidente Municipal, #AlcidesAlderete, de un #Decreto Ejecutivo por una suma superior a los $970 millones de pesos, para disponer de fondos bajo un esquema de presupuesto reconducido; provocó el rechazo del Concejo Deliberante de Sauce de Luna, que denunció penal e institucionalmente al Jefe de Gobierno por saltarse, según estimaron, la vía legislativa obligatoria, llevando el reclamo directo a la máxima instancia judicial de la provincia.

QUE DICE EL DECRETO N° 091/2026

VISTO:

La necesidad de adecuar el Presupuesto General de Recursos y Gastos vigente para el Ejercicio 2026, correspondiente al Presupuesto del Ejercicio 2025 reconducido, en virtud de la existencia de mayores recursos respecto de los originalmente contemplados, y la necesidad de créditos a las distintas partidas presupuestarias indispensables para asegurar la continuidad y eficiencia de los servicios; y

CONSIDERANDO:

Que, la Municipalidad de Sauce de Luna se encuentra ejecutando durante el Ejercicio 2026 el Presupuesto General correspondiente al Ejercicio 2025, reconducido para el presente ejercicio por Decreto N° 01/2026, conforme a las disposiciones legales vigentes.

Que el artículo 142° de la Ley N° 10027 establece que hasta sea sancionada la Ordenanza de Contabilidad será de aplicación supletoria la Ley de Contabilidad de la Provincia que estuviese vigente, siento este el caso de la Municipalidad de Sauce de Luna.

Que la Ley N° 5140 de Contabilidad Pública de la Provincia de Entre Ríos, en su artículo 5° dispone que si al inicio del ejercicio financiero no se encontrase aprobado el presupuesto general, regirá el que estuvo en vigencia el año anterior, conforme al artículo 81°, inciso 10) de la Constitución Provincial, con los ajustes que correspondan referentes a:

1) En los presupuestos de recursos:

Eliminará los rubros de recursos que no puedan ser recaudados nuevamente.

Suprimirá los ingresos provenientes de operaciones de créditos públicos autorizadas, en los montos en que fueron utilizados.

Estimará cada uno de los rubros de recursos para el nuevo ejercicio.

Excluirá los excedentes de ejercicios anteriores correspondientes al ejercicio financiero anterior, en el caso que el presupuesto que se está ejecutando hubiera previsto su utilización.

Incluirá los recursos provenientes de operaciones de crédito público en ejecución, cuya percepción se prevea ocurrirá en el ejercicio.

2) En los presupuestos de gastos:

Eliminará los créditos presupuestarios que no deban repetirse por haberse cumplido los fines para los cuales fueron previstos.

Incluirá los créditos presupuestarios indispensables para el servicio de la deuda.

Incluirá los créditos presupuestarios indispensables para asegurar la continuidad y eficiencia de los servicios.

Adaptará los objetivos y las cuantificaciones en unidades físicas de los bienes y servicios a producir por cada entidad, a los recursos y créditos presupuestarios que resulten de los ajustes anteriores.

Que, durante el transcurso del Ejercicio 2026 se han producido mayores recursos respecto de los originalmente contemplados en el presupuesto vigente, los cuales permiten ampliar el cálculo de recursos y, consecuentemente, los créditos presupuestarios de gastos indispensables para asegurar la continuidad y eficiencia de los servicios.

Que el Artículo 35 de la Constitución de la Provincia de Entre Ríos establece que el Estado adoptará las medidas necesarias para la operatividad progresiva de los derechos y garantías reconocidos en esta Constitución, conforme lo establece el artículo 122 inciso 8°. El equilibrio fiscal constituye un deber del Estado y un derecho colectivo de los entrerrianos.

Que, el Artículo 146.° de la Ley Provincial N.° 10.027 de Régimen Municipal establece que, una vez aprobado el presupuesto, el mismo no podrá ser modificado sino por iniciativa del Departamento Ejecutivo, correspondiendo en consecuencia a éste promover las modificaciones presupuestarias que resulten necesarias durante el desarrollo del ejercicio.

Que, es viable avanzar en la readecuación presupuestaria, atento a que ello representa un mero reordenamiento de créditos por mayores ingresos.

Que, en virtud de las disposiciones citadas, resulta procedente disponer la Ampliación del Cálculo de Recursos y del Presupuesto de Gastos vigente, en función de los mayores recursos registrados y/o previstos durante el Ejercicio 2026, con las consideraciones previstas en el artículo 5° de la Ley N° 5140 para adecuar el presupuesto reconducido.

Que, paralelamente, existen partidas presupuestarias que presentan mayores necesidades de ejecución, mientras que otras, particularmente las correspondientes a Bienes de Capital, cuentan con disponibilidades suficientes para disminuir sus créditos sin afectar el cumplimiento de las previsiones municipales.

Que, tanto la ampliación por mayores recursos como la modificación tienen por objeto adecuar el presupuesto reconducido a las necesidades reales de ejecución del Municipio, garantizando que los gastos cuenten con el correspondiente respaldo presupuestario.

Que, resulta oportuno adecuar el presupuesto vigente al devenir del ejercicio económico, lo que amerita una reestructuración de los créditos presupuestarios.

Que, la ampliación de créditos financiada con mayores recursos no implica un financiamiento mediante endeudamiento, sino la incorporación al presupuesto de recursos adicionales que permiten incrementar las autorizaciones de gasto para sostener los servicios.

Que, dotar a las diversas áreas del municipio redundará en una mayor y mejor capacidad de respuesta a las exigencias de la ciudadanía, cuestión primordial de esta gestión de gobierno.

Que, corresponde al Área Contable efectuar las registraciones presupuestarias y contables pertinentes, dejando debida constancia de las adecuaciones introducidas en la ejecución presupuestaria del Ejercicio 2026.

Que, como antecedente de situaciones similares dadas en otro gobierno local en el que se trabajó durante un ejercicio con un presupuesto reconducido, se citan los Decretos N° 01/2020 de reconducción presupuestaria y N° 531/2020 de adecuación del Presupuesto, ambos dictados por la Municipalidad de Paraná.

Que, se considera procedente el dictado del presente acto administrativo, con el objeto de garantizar el adecuado ordenamiento de las cuentas municipales, en el marco de las facultades conferidas por el Presupuesto Reconducido, a fin de efectuar las adecuaciones pertinentes conforme a lo dispuesto por el artículo 5% de la Ley N° 5.140, citado
Precedentemente.

Que, el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley
Provincial N.° 10.027 — Régimen Municipal, sus modificatorias y demás normativa vigente.

POR ELLO:

EL PRESIDENTE MUNICIPAL DE SAUCE DE LUNA
DECRETA:

ARTÍCULO 1°: En virtud de las atribuciones conferidas por la Ley N° 10027 –y modificatorias-, teniendo en cuenta el Decreto N° 01/2026 de reconducción presupuestaria para el ejercicio vigente y por los considerandos del presente, ampliase el Cálculo de Recursos vigente para el Ejercicio 2026, correspondiente al Presupuesto General del Ejercicio 2025 reconducido, en la suma de PESOS PESOS NOVECIENTOS SETENTA Y UN MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS NUEVE CON NOVENTA Y DOS CENTAVOS ($971.969.209,92) en virtud de los mayores recursos percibidos y/o previstos, conforme al detalle que se incorpora como ANEXO I del presente Decreto.

ARTÍCULO 2°: En virtud de las atribuciones conferidas por la Ley N° 10027 –y modificatorias-, teniendo en cuenta el Decreto N° 01/2026 de reconducción presupuestaria para el ejercicio vigente y por los considerandos del presente, ampliase el Presupuesto de Gastos vigente para el Ejercicio 2026, correspondiente al Presupuesto 2025 reconducido, en la suma de PESOS NOVECIENTOS SETENTA Y UN MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS NUEVE CON NOVENTA Y DOS CENTAVOS ($971.969.209,92), financiada con los mayores recursos incorporados mediante el artículo precedente, conforme al detalle ANEXO IL

ARTÍCULO 6°: Establécese que la ampliación dispuesta se encuentra financiada con mayores recursos, mientras que la modificación prevista en el artículo precedente constituye una reasignación de créditos, sin alterar el resultado presupuestario de la ampliación por mayores recursos.

ARTÍCULO 7°: Instrúyase al Área Contable a efectuar las registraciones presupuestarias y contables correspondientes, incorporando las adecuaciones dispuestas en el presente Decreto al Ejercicio Presupuestario 2026.

ARTÍCULO 8°: Comuníquese al Área de Tesorería, al Área de Compras y a las demás dependencias municipales que correspondan, para su conocimiento y efectos pertinentes.

ARTÍCULO 9.*: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
#federalaldia #radiointegracion905

Etiquetas:LA ADMINISTRACIÓN ALDERETE ARGUMENTÓ QUE EL DECRETO 091 TIENE SIMILITUDES A ALGUNOS DICTADOS POR LA MUNICIPAL DE PARANÁ
Compartí esta noticia 👉
Facebook X Whatsapp Whatsapp Reddit Telegram Threads Correo Electrónico Copiar Link Imprimir
SenadoER
ENERSA
GNC GRAN MARIA FEDERAL
DESCARGA NUESTRA APP myTurner ESCUCHANOS EN VIVO
FEDERAL DIGITAL
MARTIN ABDALA

También te podría gustarte

ALDERETE: “LO MÁS IMPORTANTE ES PONER A SAUCE DE LUNA EN EL LUGAR QUE NOS MERECEMOS, DESPUÉS DE DÉCADAS DE DECADENCIA”

07/03/2024

Conscripto Bernardi: Se abonan este viernes los haberes de septiembre a los empleados municipales

28/09/2018

C. Bernardi: Las finanzas municipales terminan el año en forma equilibrada

31/12/2017

LA VICEPRESIDENTA MUNICIPAL DE SAUCE DE LUNA PARTICIPÓ DEL PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO A CONCEJOS DELIBERANTES

29/07/2024
Dev: Fernando S. Brandolini
  • Facebook
  • 🫡 Ingresar
Welcome Back!

Sign in to your account

Nombre de Usuario o Correo Electrónico
Contraseña

perdí mis datos